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Tribunal · solo Pro
INERSA SA con SII
Fecha: 31-01-2014 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: miguel_massone_pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos. Si bien constata que la Citación N°3561 reitera antecedentes ya en poder del SII, estima que la devolución de documentos el 26/06/2013 legitimó posteriores requerimientos, desestimando vulneración del art. 8 bis N°6 CT. Respecto art. 8 bis N°8, rechaza dilaciones innecesarias.
Inersa S.A. presentó declaración de renta AT 2012 solicitando devolución de $390.828.486 por Pago Provisional de Utilidades Absorbidas. El SII formuló observaciones (A09, A25, F51, S06) mediante carta de 21/06/2012. Se efectuaron tres notificaciones de requerimiento de antecedentes (14/06/2012, 05/10/2012, 26/03/2013). La contribuyente aportó documentos entre agosto 2012 y abril 2013. Mediante Resolución Ex N°3581 de 26/04/2013 se denegó la devolución. Con fecha 21/06/2013 se notificó Citación N°3561 requiriendo nuevamente antecedentes, alegando la contribuyente que ya estaban en poder del SII
El tribunal analiza exhaustivamente qué antecedentes fueron requeridos versus los efectivamente aportados. Constata que la Citación N°3561 reitera tres antecedentes ya en poder del SII: (1) Libro FUT con renta líquida y balances desde 08/08/2012; (2) Balance Tributario 8 columnas desde 08/08/2012; y (3) Ajustes a renta líquida desde 01/04/2013. Sin embargo, considera que la devolución de toda la documentación efectuada el 26/06/2013 (posterior a la notificación del 24/06/2013) legitimó al SII para formular nuevos requerimientos. Respecto a dilaciones innecesarias, estima que el proceso de 11 m
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos respecto del art. 8 bis N°6 CT (derecho a no aportar documentos ya acompañados) y art. 8 bis N°8 CT (derecho a actuaciones sin dilaciones). Se deja sin efecto orden de no innovar. Se condena en costas a la parte reclamada por haber sido totalmente vencida.
“INERSA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, treinta y uno de enero de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Andrés Raimundo Charme Silva, cédula nacional de identidad N° [RUT reservado], administrador público , y don Jack Eduardo Mordoh Ergas, ingeniero comercial , ambos en representación de Inersa S.A., todos domiciliados en calle del Inca N° 4446, oficina 401, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien interpone reclamo en Procedimiento Especial por Vulneración de Derechos respecto de la Citación N°3.561 , emitida por la funcionaria fiscalizadora doña Pamela Correa Concha y la jefa del Grupo N°6 doña Cecilia Muñoz Durán, ambas del Departamento de Fiscalización Medianas y Grandes Empresas de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que se restablezca el imperio del derecho , dejando sin efecto la mencionada Citación en todas sus partes, ordenando consecuencialmente validar los resultados tributarios declarados para el período AT 2012, o lo que en definitiva determine en justicia este sentenciador, con costas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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