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Tribunal · solo Pro
TRIVELLI ZONDEK y otros con SII
Fecha: 20-02-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo por avalúo fiscal de propiedad en Vitacura, reconociendo error en no aplicar ajuste por pendiente del terreno en tasación 2013.
Los reclamantes adquirieron propiedad Rol 3293-38 en El Peumal N°6680, Vitacura, el 6 de septiembre de 2010 por $200.000.000. El avalúo fiscal cambió de $237.737.030 al 31 de diciembre de 2012 a $595.866.000 a partir del 1 de enero de 2013, incremento de 150%. La propiedad de 6.000 m² ubicada en Área Homogénea HAB044 tiene pendiente de 47%, se ubica en calle ciega y en área de restricción por aeródromo municipal Las Condes. Reclamantes solicitan aplicar ajustes por pendiente, tamaño, calle ciega y restricción aeroportuaria.
El tribunal analizó la causal del artículo 149 N°2 del Código Tributario relativa a aplicación errónea de tablas de clasificación. Rechazó la mayoría de prueba aportada por los reclamantes por falta de idoneidad: documentos sin fuente verificable, información pretérita, inscripciones sin cabida de terrenos. Sin embargo, reconoció que existe error en la tasación respecto del ajuste por pendiente del terreno. El tribunal confirmó que la información catastral utilizada por SII es fidedigna en lo demás, rechazando alegaciones sobre proporciones entre valor fiscal y comercial por falta de normativa
Se acoge parcialmente el reclamo solo respecto del error en no aplicar ajuste por pendiente. Se ordena al SII dejar sin efecto la tasación y reemplazarla por nueva que considere ajuste por pendiente, con vigencia desde 1 de enero de 2013. Se rechaza en todo lo demás. No se condena en costas.
“TRIVELLI ZONDEK, FERNANDA, Y OTROS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, veinte de febrero de dos mil quince.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don PABLO ARTURO TRIVELLI OYARZÚN , economista , cédula nacional de identidad N°[RUT reservado], en representación de doña FERNANDA MAGDALENA TRIVELLI ZONDEK , socióloga, cédula nacional de identidad N°[RUT reservado]; don JAVIER DANIEL TRIVELLI ZONDEK , ingeniero recursos naturales, cédula de nacional de identidad N°[RUT reservado]; y don DAMIÁN CARLO TRIVELLI ZONDEK , sociólogo, cédula nacional de identidad N°[RUT reservado], todos con domicilio en calle El Peumal N°6680, comuna de Vitacura, deduciendo reclamo en contra de actuaciones del Servicio de Impuestos Internos, conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que exponen. En la primera parte de su libelo de reclamo, expone Los Hechos, relatando que por escritura pública de 06 de septiembre de 2010, sus representados adquirieron la propiedad Rol 3293 -38, ubicada en calle El Peumal N°6680, comuna de Vitacura.
Expresa que a partir del 01 de enero de 2013, entró en vigencia un reavalúo fiscal de la propiedad. Explica que el avalúo fiscal de la propiedad al 31 de diciembre de 2012, era de $237.737.030.- y que el nuevo avalúo a partir de enero de 2013 , es de $595.866.000 .-, lo que corresponde a un incremento de $358.128.970.-, esto es, 150% del valor fiscal de la propiedad.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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