Texto procesado con inteligencia artificialEl cuerpo del fallo fue limpiado y reformateado mediante IA a partir del PDF oficial publicado por el Tribunal. Pueden existir errores de transcripción o reformulación. Verifica siempre contra la versión oficial del Tribunal antes de citarlo o usarlo profesionalmente. Fuente original: ojv.tta.cl.

Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

AHUMADA RAMOS con SII

Fecha: 20-02-2015 · Materia: Liquidación

RECHAZA+100M No Ha Lugar

Resumen (IA)

Se rechaza reclamo por liquidaciones de impuestos sobre retiros no reinvertidos en su totalidad. El contribuyente solo reinvirtió el 50% de los montos retirados, incumpliendo requisitos del artículo 14 de la LIR.

Hechos

José Ismael Ahumada Ramos, empresario individual y socio de Constructora Ahumada Ltda., efectuó retiros desde su empresa individual por $265.497.309 (AT 2010) y $20.373.101 (AT 2011), alegando reinvertirlos en la sociedad. El SII liquidó impuestos sobre el 50% de estos retiros por considerar que solo esa proporción fue efectivamente aportada. La empresa receptora registró en contabilidad solo $132.748.651 y $10.186.551 respectivamente a nombre del reclamante, siendo la otra mitad registrada a nombre de Carmen Bermejo Porras.

Considerandos clave

El tribunal constató que en los registros contables y FUT de la empresa receptora aparecen registradas reinversiones solo por el 50% del total de retiros a nombre del reclamante. Aunque las declaraciones juradas formulario 1821 informaron montos mayores, la Resolución Exenta N°25274 de 2013 reconoció que fueron erróneamente confeccionadas, confirmando aportes reales solo por esos montos inferiores. El reclamante incumplió su carga probatoria bajo el artículo 21 del CT, no demostrando el destino de la totalidad de los retiros. Las liquidaciones cumplen requisitos del artículo 24 del CT y fueron

Resolutivo

Se rechaza el reclamo y se mantienen firmes las liquidaciones 291 y 292. Se condena en costas al reclamante por haber sido totalmente vencido.

Texto del fallo

1

AHUMADA RAMOS JOSÉ

RUT N° [RUT reservado]

Valparaíso, veinte de febrero de dos mil quince

VISTO:

Que a fojas 1 y siguientes compareció don JOSÉ ISMAEL

AHUMADA RAMOS , RUT N° [RUT reservado], con domicilio en calle Prat N°827, oficina 801, Edificio Pascual Baburizza, ciudad de Valparaíso, quien interpuso reclamo tributario respecto de la s liquidaciones N°s 291 y 292, en virtud de las siguientes consideraciones:

1. En primer término alega que las liquidaciones se encuentran viciadas por carecer absolutamente de fundamentos de hecho y derecho, puesto que no satisfacen lo exigido en la letra r) Circular N°26/2008 del SII en cuanto los antecedentes necesarios para su adecuada inteligencia y la constancia de los elementos, naturaleza, cuantía y fecha de los desembolsos cuestionados, añadiendo que el acto reclamado intenta efectuar un reenvío a la respectiva citación para encontrar ahí la verificación del requisitos cuya ausencia se alega, lo que sería improcedente. Agrega que atendida esta nula fundamentación, intentará argumentar que todos los retiros efectuados de su contabilidad como empresario individual fueron reinvertidos en la sociedad respecto de la cual es socio.

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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