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Tribunal · solo Pro
PELUQUERIAS INTEGRALES SA con SII
Fecha: 07-04-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Peluquerías Integrales S.A. por no emisión de documentos tributarios por $47.050 y confirma sanción de infracción al artículo 97 N°10 del CT.
El 7 de mayo de 2014, funcionarios del SII fiscalizaron el local de Peluquerías Integrales S.A. ubicado en San Damián N°20, Las Condes. Al cotejar los detalles Transbank con las boletas emitidas, detectaron una diferencia de $47.050 sin documentar. La encargada del local reconoció la discrepancia pero no pudo precisar su origen. Los fiscalizadores emitieron notificación de infracción por no emisión de documentos tributarios. La empresa alegó que la diferencia correspondía a venta de tarjetas de regalo (Giftcards), respecto de las cuales el SII había indicado no era obligatorio emitir boletas.
El tribunal estableció que los funcionarios fiscalizadores tenían calidad de Ministros de Fe y depusieron como testigos acreditando la infracción. Aunque la empresa comprobó una venta de Giftcard por $40.000, existía una diferencia inexplicada de $7.050. La parte reclamante no aportó probanza suficiente para justificar y desvirtuar el monto no documentado. Conforme a los artículos 52 y 53 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, los contribuyentes están obligados a emitir boletas por todas sus operaciones, incluso cuando no aplique IVA. El artículo 97 N°10 del CT tipifica como infrac
Se rechaza el reclamo, se confirma la notificación de infracción y se condena a la empresa al pago de 2 unidades tributarias mensuales de multa y clausura del establecimiento por un día.
“PELUQUERIAS INTEGRALES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, siete de abril de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Inger Dahl Bravo, abogada, cédula de identidad N°[RUT reservado], en su calidad de mandataria judicial y en representación de Peluquerías Integrales S.A., persona jurídica del giro de su denominación, RUT N°96.995.100 -2, ambas domiciliadas en calle Luis Thayer Ojeda N°1955, comuna de Providencia, Santiago, quien de conformidad a lo esta blecido en los artículos 165 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la resolución aplicada por los fiscalizadores identificados bajo los N°s 3341 y 3681 de la Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, ubicada en calle General del Canto N°281, piso 8, comuna de Providencia, en virtud de la Notificación de I nfracción de fecha 7 de mayo de 2014, notificada por cédula con igual fecha.
En el primer capítulo de su libelo de reclamo, relativo a los hechos, explica que el día 7 de mayo de 2014, fue realizada la Notificación de I nfracción N° 1149646 por los funcionarios fiscalizadores identificados bajo los N° s 3341 y 3681, a los señores Jaime Sinay Assael y Luis Felipe Israel Quilodrán, ambos en representación de Peluquerías Integrales S.A., RUT N°96.995.100-2, domiciliada en calle San Damián N°20, Local 5 y 6, comuna de Las Condes, Santiago, conforme a la cual se notificó a doña V iviana Navarrete Pulgar, RUT N°[RUT reservado], la infracción contemplada en el N°10 del artículo 97 del Código Tributario, consistente en: ''no emite ni entrega documentos tributarios por servicios y ventas de su giro canceladas. A petición de funcionario y en reconocimiento de su falta, emite boleta de ventas y servicios N° 354122, según comprobante de fecha 7 de mayo de 2014. Monto de la operación: $ 47.050.-"
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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