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Tribunal · solo Pro
Inmobisa S.A. con SII
Fecha: 14-08-2015 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inmobisa contra resolución que deniega devolución de $47.599.480 por falta de antecedentes aportados durante fiscalización administrativa.
Inmobisa S.A. presentó declaración de impuesto a la renta del año 2012 solicitando devolución de $47.599.480. El SII emitió Resolución que denegó la devolución fundada en observaciones A01, A36, A99 y F23, alegando que la contribuyente no aportó antecedentes suficientes para verificar exactitud de la declaración. La empresa reconoce errores en el llenado del Formulario 22 e intenta subsanarlos en su reclamo ante el tribunal.
El tribunal establece que corresponde al SII resolver administrativamente solicitudes de devolución, siendo función de tribunales tributarios efectuar control jurisdiccional de legalidad de tales resoluciones. Señala que la empresa no aportó durante fiscalización administrativa los antecedentes requeridos para comprobar exactitud de declaración, siendo la resolución reclamada consecuencia lógica de tal inactividad probatoria. Estima que el tribunal carece de competencia para examinar antecedentes no aportados oportunamente al SII ni para resolver rectificaciones de declaraciones, funciones exc
Se rechaza íntegramente el reclamo interpuesto por Inmobisa, confirmándose la Resolución Ex. N°215100000178 del SII que deniega la devolución de $47.599.480. Se condena en costas a la parte reclamante.
“INMOBISA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RIT N° GR- 18 - 00055-2013
RUC N° Rol · solo Pro
Santiago, catorce de agosto de dos mil quince.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Eduardo Díaz Daudet , abogado, cédula nacional de identidad N°[RUT reservado], en representación de INMOBISA S.A., sociedad de su giro, RUT N°99.504.530-3, ambos domiciliados en calle Del Inca N°5954, oficina N° 1, comuna de Las Condes , Región Metropolitana , quien conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra de la Resolución Ex . N°215100000178, de fecha 19 de noviembre de 2012, que denegó la devolución de $47.599.480.
En el capítulo I de su libelo de reclamo, relativo a los hechos , exp lica que con fecha 26 de noviembre de 2012, la sociedad reclamante fue notificada de la resolución reclamada, que negó la devolución de $47.599.480 solicitada por el contribuyente , conforme a lo declarado en el Formulario 22 de declaración anual de impuesto a la renta, Folio N°227703882, correspondiente al año tributario 2012.
Expone que la resolución reclamada fundamenta el rechazo en las siguientes observaciones: a) Observación A01: “La base imponible de los Impuestos de Primera Categoría declarada en los Códigos (18) o (187), no es consistente con los datos de la Determinación de la Renta Líquida Imponible en el Recuadro N°2, declarada en el código (643) o código (808) del Formulario 22”; b) Observación A36: “Lo declarado por Ud.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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