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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES ECOMAC TRES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 11-01-2016 · Materia: Resolución · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Confirmatorio
Tribunal acoge reclamo contra negativa de devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas, por caducidad del plazo de 12 meses del SII para resolver la solicitud.
Inversiones Ecomac Tres S.A. solicitó devolución de $1.166.667 por pagos provisionales de utilidades absorbidas en su declaración de renta del año 2014, presentada el 9 de mayo de 2014. El SII inició fiscalización cuestionando la pérdida tributaria y gastos deducidos. La empresa respondió la citación y presentó declaración rectificatoria. El SII dictó Resolución Exenta 240 del 30 de abril de 2015 rechazando la devolución, notificada por carta certificada del 7 de mayo de 2015.
El tribunal analiza si operó la caducidad del plazo de 12 meses establecido en el artículo 59 del Código Tributario para que el SII resuelva solicitudes de devolución por absorción de pérdidas. La solicitud se formuló el 9 de mayo de 2014, por lo que el plazo vencía el 9 de mayo de 2015 (sábado). El SII argumenta que el plazo se prorroga al lunes 11 de mayo conforme al artículo 10 inciso 4° del CT. El tribunal rechaza esta interpretación, señalando que dicha prórroga aplica solo a plazos de días en procedimientos administrativos, no a plazos de meses. El plazo de 12 meses es de meses, no de dí
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto la Resolución Exenta 240 de 30 de abril de 2015 y se ordena efectuar la devolución de $1.166.667. No se condena en costas por haber motivo plausible para litigar.
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RESUMEN:
PARTES: CONSTRUCTORA ECOMAC TRES S.A. CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: 14-9-00000979-5
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Procedimiento General de Reclamación.
La Serena, once de enero de dos mil dieciséis.
VISTOS:
Que a fojas 128 y siguientes, con fecha 21 de agosto del año 201 5, don
EDMUNDO MARCELO RAMÍREZ CHACÓN abogado, en representación, de la sociedad
INVERSIONES ECOMAC TRES S.A., número de Rol Único Tributario N° 76.162.185-8, del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle Manuel Antonio Matta N° 221, comuna de La Serena ; viene en interponer reclamo de conformidad a las normas del Libro III, Título II, artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta n úmero 240 de f echa 30 de abril de 2015 , emitida por la IV Dirección Regional La Serena del Servicio de Impuestos Internos, en cuanto deniega la solicitud de devolución por concepto de pagos provisionales por utilidades absorbidas, por la suma de $1.166.667, contenida en la declaración de renta del año tributario 2014, solicitando que se deje sin efecto la resolución señalada, en base a los siguientes argumentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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