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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

SEALED AIR CHILE INDUSTRIAL LIMITADA con SII

Fecha: 21-11-2017 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez

ACOGE Ha Lugar

Resumen (IA)

Tribunal rechaza reclamo de Sealed Air contra negativa de devolución de PPUA, considerando que reorganización empresarial carecía de legítima razón de negocios, constituyendo planificación tributaria para generar pérdida ficticia.

Hechos

Sealed Air Chile Industrial Limitada solicitó devolución de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA) por año tributario 2015, originado en partida de goodwill ($5.925.370.782) derivada de fusión impropia con Nueva Diversey. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Ex. N°23/2015, argumentando que la reorganización empresarial (división, cesiones y fusiones realizadas entre noviembre 2013 y enero 2014) carecía de legítima razón de negocios y constituía fraude a la ley tributaria. El contribuyente alegaba que los actos respondían a integración funcional y jurídica post-adquisición

Considerandos clave

El tribunal analizó la reorganización empresarial en cuatro etapas: (1) división de Diversey Industrial; (2) aporte de derechos sociales a Sealed Air; (3) fusión impropia generando goodwill; (4) fusión por incorporación reconociendo gasto diferido. Consideró que el tiempo transcurrido (40 días) y las operaciones intermedias (aportes y ventas de derechos) fueron desproporcionados respecto a beneficios operacionales. No encontró evidencia de reducción de riesgo, sinergias, acceso a tecnologías o economías de escala, apreciando solo beneficios tributarios. Estimó que la legítima razón de negocios

Resolutivo

Se acoge el reclamo en parte. Se modifica la Resolución Ex. N°23/2015 respecto del tratamiento del goodwill, reconociendo su deducción conforme artículo 31 N°9 LIR. Sin embargo, se rechaza la devolución de PPUA solicitada, confirmando que no procede por falta de legítima razón de negocios en la reorganización empresarial.

Texto del fallo

“SEALED AIR CHILE INDUSTRIAL LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS

INTERNOS XIV DR STGO PONIENTE”

RUC: Rol · solo Pro.

RIT: Rol · solo Pro.

Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.

VISTOS:

Que a fojas 01 comparecen con fecha 31 de julio de 2015 doña PATRICIA CONCHA

VIAL, abogada, cédula nacional de identidad N° [RUT reservado], en representación de la sociedad SEALED AIR CHILE INDUSTRIAL LIMITADA, sociedad que fue absorbida por Diversey Industrial y Comercial de Chile Limitada, quien es la sucesora y continuadora legal de Sealed Air Chile Industrial Limitada, consta en la escritura pública otorgada ante el Notario Público Titular de la Vigésimo Segunda Notaría de Santiago don Humberto

Santelices Narducci de fecha seis de enero de dos mil catorce. Todos domiciliados para estos efectos en calle Río Refugio N° 9635, Parque Industrial ENEA, Comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, a US, deduciendo reclamo tributario ingresado a este Tribunal con fecha 31 de julio de 2015, en contra de la Resolución Ex. SII N° 23/2015, de fecha 15 de abril del 2015, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Poniente del Servicio de Impuestos Internos, y notificada con fecha 16 de abril de 2015, solicitando se acoja a tramitación y se deje sin efecto el referido acto administrativo con expresa condena en costas de la contraria, de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que a continuación pasamos a exponer:

I. FASE DE DISCUSIÓN.

A. Reclamo.

El reclamante presentó fundamentos de hecho y de derecho en sustento de su reclamo, en los siguientes términos:

I. ANTECEDENTES.

Señala que, el contribuyente Sealed Air Chile Industrial Limitada presentó una solicitud de devolución de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (en adelante PPUA) por el Año Tributario 2015, la cual tiene su origen principalmente en la partida contable denominada "goodwill", y que tiene efectos relevantes en la determinación de la Renta Líquida Imponible.

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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