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Tribunal · solo Pro
SII con AGRICOLA OGF LIMITADA
Fecha: 06-03-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE No Ha Lugar
Tribunal rechaza denuncia del SII contra Agrícola OGF Limitada por falta de prueba del dolo específico requerido en el tipo penal de declaraciones maliciosamente falsas, absolviendo al contribuyente.
El SII denunció a Agrícola OGF Limitada por haber registrado y declarado en su Formulario 22 del AT 2015 la factura N° 37 emitida por Cono Sur Research SpA por $40.000.000, alegando que correspondía a servicios no prestados. La empresa sostuvo que la factura respalda una campaña publicitaria denominada 'Bosque Nativo' financiada para sensibilizar sobre la deforestación en Chiloé, aportando documentos que acreditan su ejecución (correos, publicaciones, videos, banners). El SII argumentó que los servicios nunca se prestaron efectivamente, basándose en inconsistencias en las declaraciones de los
El tribunal concluyó que el tipo penal del artículo 97 N° 4 inciso 1° CT requiere dos elementos: (1) declaraciones maliciosamente incompletas o falsas, y (2) que puedan inducir liquidación de impuesto inferior. El SII acreditó que el gasto fue registrado indebidamente por no ser necesario para producir la renta conforme artículo 31 LIR, pero no probó el elemento subjetivo decisivo: el dolo específico de defraudar al Fisco (malicia). La prueba rendida mostró que existió efectivamente una campaña publicitaria 'Bosque Nativo' respaldada por documentación que el tribunal tuvo por acreditada (corre
No ha lugar al Acta de Denuncia N° 01 del 21 de julio de 2017 por la infracción del artículo 97 N° 4 inciso 1° CT. Se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos.
Puerto Montt, seis de marzo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1 , comparece don Luis Felipe Ocampo Moscoso
RUT [RUT reservado], abogado, domiciliado en calle Quillota N° 175, oficina N° 901, Puerto Montt, en representación de la denunciada Agrícola OGF Limitada, contestando el acta de denuncia número 1 de fecha 21 de julio de 2017.
De forma previa a efectuar los descargos, alega que existe un vicio o error manifiesto que adolece el Acta de Denuncia N° 1 objeto de reclamo, el cual impide a la contribuyente ejercer adecuadamente su derecho a defensa. De la simple lectura del acta de denuncia, se evidencia que ella está incompleta, toda vez que los párrafos no son íntegros, posee omisiones evidentes tanto al comienzo como al final de algunas páginas, lo que impide a su destinatario una correcta lectura y comprensión de la misma. Al no conocer de manera íntegra el contenido de la misma, se afecta directamente el derecho a defensa de l destinatario de la actuación administrativa, vulnerando de este modo el principio del debido proceso, al impedir que el administrado tenga la oportunidad de defenderse adecuadamente y logre una compresión cabal de aquello que le es imputado o exigido por el Estado. De conformidad a lo expuesto, al adolecer el Acta de Denuncia N° 1 de vicios o errores manifiestos que afectan la validez jurídica de la misma, corresponde que esta sea dejada sin efecto.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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