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Tribunal · solo Pro
SII con Riquelme Albandoz Elba Myrian
Fecha: 07-05-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar
Tribunal sanciona a contribuyente por utilizar facturas falsas que aumentaron crédito fiscal de IVA, rechazando imputación por renta al no acreditarse suficientemente. Multa: 150% de lo defraudado en IVA.
Contribuyente con giro agrícola y comercial utilizó 4 facturas falsas en periodos diciembre 2013, marzo, mayo y diciembre 2014, registrándolas en su contabilidad. SII detectó irregularidades mediante revisión de libros de compras y ventas, y verificación cruzada con emisores. Proveedores declararon no haber emitido dichas facturas ni tener relaciones comerciales con denunciada. Contribuyente no presentó descargos. Perjuicio fiscal IVA: $5.479.293.
Tribunal acreditó infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario por IVA, al verificarse maniobras maliciosas para aumentar crédito fiscal mediante facturas falsas. Se confirmó falsedad de documentos mediante informes de fiscalización y declaraciones juradas de supuestos emisores. Respecto de impuesto a la renta (art. 97 N°4 inc. primero), se rechazó por falta de prueba: no se acompañaron declaraciones de renta ni antecedentes que acreditaran uso de facturas falsas en AT 2014 y 2015. Tribunal aplicó multa de 150% considerando enriquecimiento ilícito y ausencia de atenuante
Acoge parcialmente denuncia. Aplica multa de $8.218.940 (150% de lo defraudado) por infracción artículo 97 N°4 inciso segundo CT respecto de IVA. Rechaza denuncia por impuesto a la renta. No condena en costas. Ordena cumplimiento administrativo por Director Regional SII.
Causa : “S.I.I. con RIQUELME ALBANDOZ, ELBA M.”
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RANCAGUA, A SIETE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO
VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, correspondiente a Reservado N°04, de 09 de mayo de 2017, a través del cual, don CLAUDIO AMBIADO ARAYA, Director VI Dirección Regional Rancagua del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, en adelante indistintamente denominado como el “Servicio“ o el “SII”, ambos domiciliados en calle Estado N°154, comuna y ciudad de Rancagua, remite al Tribunal Acta de Denuncia N°08, de 28 de abril de 2017, y una serie de antecedentes, para efectos de la aplicación de sanciones --conforme al procedimiento previsto en el artículo 161 del Código Tributario -- respecto del contribuyente ELBA MYRIAM RIQU ELME ALBANDOZ RUT N° [RUT reservado], con giro en “Tecnología, Prestación de Servicios Agrícolas, Compra y Venta de leña, Mat. Agri., Sum. Of. Fotoc. C op y Bazar” (Sic); con domicilio en calle Teniente Hernán Merino N°634, San Fernando, por haber incurrido en la infracción contemplada en el artículo 97 N°4 incisos primero y segundo del Código Tributario, consistente en el aumento de costos y gastos amparados en facturas falsas, en la utilización de crédito fiscal amparado en facturas falsas y en la sobre declaración de crédito fiscal, burlando así los impuestos que le correspondían pagar por concepto de impuesto a la renta e impuesto al valor agregado . En el mismo Reservado se indica, que la referida Acta fue notificada mediante Formulario N°3300, Folio N°1354405 con fecha 28 de abril de 2017, lo que se confirma con el documento acompañado a fojas 5, que corresponde a dicho formulario.
El contenido del Acta es el que resumidamente se expone a continuación.
En el capítulo I., denominado “INDIVIDUALIZACIÓN DEL I NFRACTOR”, justamente se refiere a l contribuyente que corresponde a la ya individualizada anteriormente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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