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Tribunal · solo Pro
Modinger Mancilla con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 21-06-2018 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo tributario por falta de fundamentación de resolución que cambió destino de inmueble de habitacional a comercial sin expresar hechos ni forma del cambio.
El SII modificó mediante Resolución Ex. N°A10.2017.00002064 de 9 de febrero de 2017 (notificada 7 de diciembre de 2017) el avalúo fiscal de un inmueble ubicado en San Francisco 806, Puerto Varas, rol 96-3, atribuyéndole destino comercial. El contribuyente alegó que la propiedad mantenía destino habitacional predominante, con solo 20 de 355 metros cuadrados arrendados a empresa de TV cable. El inmueble fue visitado el 22 de junio de 2016 sin fundamentar adecuadamente el cambio de clasificación.
El tribunal constató que la propiedad tiene uso predominantemente habitacional (335 de 355 m²) con uso comercial complementario (20 m²). La ley permite cambiar avalúo por cambio de destino, pero en casos de uso híbrido debe valorarse proporcionalmente. Encontró grave falta de fundamentación: la resolución no explicó el cambio de destino, dimensiones consideradas ni forma de cálculo. Vulnera artículo 11 inciso 2° de Ley 19.880 que exige expresar hechos y fundamentos en actos que afecten derechos. Además, tardanza excesiva en notificación (10 meses) y notificación irregular en dependencias del p
Se acoge reclamo tributario y se anula la Resolución Exenta SII N°A10.2017.00002064 de 9 de febrero de 2017 por falta de fundamentación. Se condena en costas al SII.
Puerto Montt, veintiuno de junio de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1 comparece don José Luis Waldemar Mödinger
Mancilla, RUT N° [RUT reservado], abogado, con domicilio en San Francisco N° 806, Puerto Varas; quien deduce reclamo tributario en con tra de la Resolución Exenta del Servicio de Impuestos Internos N°A10.2017.00002064 de 09 de febrero de 2017, notificada con fecha 7 de diciembre de 2017, solicitando su anulación, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que expone.
Respecto del reclamo interpuesto a lo principal de escrito de fecha 22 de noviembre de 2017, señala que se deduce reclamación por esta parte en calidad de contribuyente del impuesto territorial que grava la propiedad ubicada en San Francisco 806 de Puerto Varas, rol de avalúo N°00096-003, inscrita a fojas 169 N°220 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ralees de Puerto Varas de 1964, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 115, 123, 124, 130 y 131 del Código Tributario.
En la especie, se impugna una resolución que incide en el pago de un impuesto y en los elementos que sirven de base para determinarlo , afectando negativamente el patrimonio de esta parte; en la medida que, como propietario del bien raíz precedentemente mencionado, me encuentro sujeto al pago de un mayor importe pecuniario por un impuesto cuya base imponible ha sido determinada sin la concurrencia fáctica de los motivos en que debería fundarse como acto administrativo. Por lo que, para efectos de lo dispuesto en la primera parte del inciso primero del artículo 124 del texto normativo citado, invoco como interés actualmente comprometido por dicha resolución, la afectación patrimonial ya expuesta.
Respecto de la resolución impugnada señala que s e deduce la reclamación en contra de la resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos N°A10.2017.00002064 de 09 de febrero de 2017, notifica da mediante certificación folio N°1726503 con fecha 07 de diciembre de 2017.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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