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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA Y CONTRUCTORA NACIONAL S A con SII
Fecha: 22-06-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de Primera Categoría 2013 por insuficiente acreditación de pérdidas tributarias de arrastre originadas en contrato de leasing.
Inmobiliaria y Constructora Nacional S.A. reclama contra Liquidación N° 165 de 31.05.2016 por impuestos Primera Categoría AT 2013, por $57.087.155 (más intereses y reajustes $100.754.547). La empresa invoca pérdidas de arrastre de $283.451.613 originadas en contrato de leasing del 28.12.2005 con Renta Nacional Compañía de Seguros de Vida S.A. por arriendo en Renca. Sostiene pérdidas consistentes en AT 2009-2012. El SII rechaza la pérdida al no estar fehacientemente acreditada y cita querella penal contra representantes legales por evasión tributaria.
El tribunal establece que contribuyentes obligados a contabilidad completa deben acreditar renta mediante normas arts. 29-33 LIR. Para deducción de gastos y pérdidas en art. 31 LIR se requieren requisitos copulativos: gastos necesarios para producir renta, no rebajados en renta bruta, efectivamente incurridos, acreditados fehacientemente y del período correspondiente. La empresa presentó solo contabilidad parcial (Libro Mayor de arriendo), omitiendo Balance General 8 columnas, Libro Diario y Libro FUT desde origen de pérdida hasta AT 2013. Disonancias entre alegación (solo leasing) y testimoni
Rechaza inadmisibilidad probatoria del SII. No ha lugar al reclamo. Confirma integralmente Liquidación N° 165 de 31.05.2016. No condena en costas por no haber sido totalmente vencido el reclamante.
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“INMOBILIARIA Y CONTRUCTORA NACIONAL S A con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL”
Rol · solo Pro
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Santiago, veintidós de junio de dos mil dieciocho.
I. VISTOS:
A fojas 01 y con fecha 15.09.2016 comparece don JAIME GARCÍA ESCOBAR , abogado, cédula nacional de identidad número [RUT reservado], en representación de la sociedad "INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA NACIONAL S.A." RUT N° 79.809.460-2, todos actualmente domiciliados para estos efectos en Bellavista 0121, piso 3, Providencia, Santiago, interponiendo reclamo tributario en contra de la Liquidación N° 165 de fecha 31.05.2016, por concepto de impuestos de Primera Categoría Año Tributario 2013, por un total de $ 57.087.155 que con intereses y reajustes al 31.05 .16 ascendía a $100.754.547, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, con domicilio en Alonso de Ovalle N° 680, Santiago (en adelante el Servicio, el SII o el reclamado).
II. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Reclamo.
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho en sustento de su reclamo.
Indica que en la Liquidación N° 165 reclamada, se ha liquidado un concepto asignado con letra A, consistente en la “Deducción Como Gasto, De Pérdida De Ejercicios Anteriores, Que No Se Encuentran Acreditada Ni Justificada Fehacientemente Y Que Tampoco
Procede Ser Imputada Como Gasto (Art. 31 N°3 Ley Sobre Impuesto A La Renta)”.
En primer lugar, señala que la liquidación N° 165 cobra periodos, que se encuentran más allá de los autorizados por los plazos de prescripción de la acción fiscalizadora. Debido a que el SI l está objetando pérdida de arrastre del AT 2 013, por $283.451.613, indicando que esta nace de periodos prescritos, por lo tanto, no se pueden revisar por parte de la Administración Tributaria.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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