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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

SII con CONSTRUCTORA EL ALBA LIMITDA y otro

Fecha: 28-05-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez

RECHAZA No Ha Lugar

Resumen (IA)

Constructora El Alba Limitada fue sancionada por usar facturas ideológicamente falsas de proveedores para aumentar indebidamente su crédito fiscal de IVA entre abril y diciembre de 2014, disminuyendo impuestos adeudados.

Hechos

Constructora El Alba Limitada (RUT 76.068.032-K) registró 65 facturas ideológicamente falsas emitidas por 5 supuestos proveedores (Janine Taylor Suárez, Joel Alberto Guerra Toro, Alberto Esteban Martínez Leiva, Luis Gerardo González Olate y Wilson Gabriel Maldonado Rojas) durante los períodos de abril a diciembre de 2014. Estas operaciones nunca se efectuaron realmente, pero fueron contabilizadas y declaradas en formularios N°29. Los servicios supuestamente prestados carecían de respaldo: los proveedores no tenían personal suficiente ni acreditaban pagos mediante cheques, transferencias u otro

Considerandos clave

El tribunal estimó que las facturas eran ideológicamente falsas por cuanto las operaciones nunca ocurrieron en la realidad. Se acreditó que los proveedores: (1) no especificaban los servicios contratados ni lugares de ejecución; (2) carecían de personal con contratos de trabajo o a honorarios acorde con las cuantías de las facturas; (3) no presentaban declaraciones juradas de sueldos (DDJJ 1887) o retenciones (DDJJ 1879) que justificaran la mano de obra; (4) no acreditaban forma de pago alguna; (5) en sistemas del SII aparecían como no declarantes o con inconsistencias tributarias. Los documen

Resolutivo

Se declaró que Constructora El Alba Limitada incurrió en la infracción prevista en el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Se condenó a la sociedad al pago de multa conforme a lo dispuesto en el artículo 107 del Código Tributario, atendidas las agravantes y la reiteración de conducta fraudulenta.

Texto del fallo

“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO

CENTRO con CONSTRUCTORA EL ALBA LIMITADA”.

RIT N°: Rol · solo Pro

RUC N°:Rol · solo Pro

Cuantia:674,47

Santiago, veintiocho de mayo de dos mil diecinueve.

VISTOS

Uno. Que, a fojas 1 y siguientes consta presentación de 11 de mayo de 2017, de Sra. SILVIA LEÓN MORENO, de la XIII dirección Regional Metropolitana, Santiago Centro, del Servicio de Impuestos Internos quien comunica acta de denuncia N°2 de fecha 08 de mayo de 2017, realizada por la funcionaria fiscalizadora Natalia Godoy Sagredo, y solicita se inicie el procedimiento señalado en el artículo 161 del Código Tributario contra el contribuyente CONSTRUCTORA EL ALABA LIMITADA,RUT N°76.068.032- K,giro de su denominación, con domicilio para estos efectos en calle San Antonio N°19,oficina 702, Comuna y Ciudad de Santiago; por haber incurrido en las infracciones de los artículos 97 Nº 4 inciso 2º del Código Tributario, consistente en realizar maniobras utilizando facturas ideológicamente falsas de supuestos proveedores que le permitieron aumentar el verdadero monto del IVA crédito Fiscal de los meses de abril a diciembre de 2014, disminuyendo en consecuencia el Impuesto a las ventas y servicios que debería haber enterado en arcas fiscales en los periodos antes citados.

I.- ANTECEDENTES. –

Se señala que, CONSTRUCTORA EL ALBA LIMITADA inició sus actividades con fecha 26 de agosto del año 2009, registrando como giro el de obras Menores en Construcción. La actividad comercial anteriormente señalada, se encuentra afecta al Impuesto al Valor Agregado, contenido en el DL N° 825.

Se señala que, como consecuencia de un proceso de Recopilación de Antecedentes realizado por el Servicio de Impuestos Internos en conformidad a lo dispuesto en el artículo 161 N° 10 del Código Tributario, en relación al contribuyente

CONSTRUCTORA EL ALBA LIMITADA, RUT N° 76.068.032-K representada por JOEL ALBERTO GUERRA TORO, se pudo establecer lo siguiente:

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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