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Tribunal · solo Pro
SII con SOCIEDAD VyL DEPORTES LIMITADA
Fecha: 05-11-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
RECHAZA Ha Lugar No Ha Lugar
Tribunal condena a empresa por uso reiterado de facturas falsas de proveedores agresivos para obtener crédito fiscal indebido en periodos 2017-2018, aplicando sanción pecuniaria por delito tributario.
La Sociedad V y L Deportes Limitada, empresa dedicada a producción de eventos y comercialización de abarrotes, fue fiscalizada por el SII entre 2018 y 2020. Se determinó que utilizó facturas electrónicas falsas emitidas por proveedores catalogados como agresivos (traspasadores de crédito fiscal) en cinco períodos: septiembre, noviembre y diciembre de 2017, marzo y septiembre de 2018. Las facturas provenían de INVERSIONES, COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS SARATOV SPA y otros proveedores que no cumplían requisitos tributarios, tenían domicilios inexistentes o no ubicables, y no declaraban impuestos.
El tribunal analizó que el contribuyente utilizó documentación tributaria falsa para aumentar créditos fiscales en declaraciones mensuales (F-29) y disminuir la renta imponible mediante deducción de costos ficticios en períodos 2018-2019. Las facturas no tenían sustento real: los proveedores carecían de domicilio, no declaraban impuestos, tenían anotaciones negativas en sistemas del SII y no comparecían a fiscalizaciones. El representante legal reconoció posteriormente que nunca había verificado las facturas en detalle y consideraba ridículo contratar servicios de ciudades distintas a Iquique.
Se declara probada la contravención al artículo 97 N°4 inciso II del Código Tributario (aceptación de documentos tributarios falsamente emitidos). El tribunal confirma la aplicación de la sanción pecuniaria única ordenada por la Dirección Nacional del SII, rechazando otras pretensiones. Se condena al contribuyente por delito tributario.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACA
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
SOCIEDAD V Y L DEPORTES LTDA.
RUT 76.197.594-3
Iquique, cinco de noviembre de dos mil veintiuno.
VISTOS:
Consta de acta de denuncia N°7, de fecha 24 de agosto de 2021,
rolante a fs. 3, que el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS denunció al
contribuyente SOCIEDAD V Y L DEPORTES LTDA., RUT N°76.197.594-3,
legalmente representada por don JORGE VENEGAS LÓPEZ, RUT [RUT reservado], todos domiciliados Manzana L, Sitio 15 s/n, Bajo Molle, Iquique, por el delito
sancionado en el artículo 97°, N°4, inciso II, del Código Tributario con el objeto
que se le aplique la sola sanción pecuniaria.
I. ANTECEDENTES DEL PROCEDIMIENTO DE
FISCALIZACIÓN:
1. Antecedentes previos:
En Informe Nº 226, de 5 de junio 2020, evacuado por el
fiscalizador don MARCOS ROMERO MORALES, Jefe de Grupo N° 3 del
DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN de la I DIRECCIÓN REGIONAL
IQUIQUE, se constata que conforme a los antecedentes obtenido en distintos
tipos de revisiones realizadas al contribuyente SOCIEDAD V Y L DEPORTES
LIMITADA, se pudo determinar que registra facturas de proveedores
Documento firmado electrónicamente por don/ña Mario Segundo Guzman Cortes, el 05-11-2021.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
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Timbre Electrónico
irregulares, catalogados por ese SERVICIO como “agresivos”, por ser
traspasadores del beneficio del Crédito Fiscal, quienes están incluidos en
nóminas entregadas desde la Dirección Nacional, “Detalle de Emisores por
cada Receptor (Revisión de Cumplimiento Plan Uso Indebido CF)”; asimismo,
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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