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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA DE VIVAR LTDA. con SII
Fecha: 05-01-2022 · Materia: Resolución · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
ACOGE Ha Lugar Revocatorio
Tribunal acoge reclamo contra resolución del SII que rechazó modificar avalúo fiscal, ordenando eliminar roles duplicados (100-19 y 100-20) y ajustar superficie del rol 100-18 a la realidad registral (372,20 m²).
Inmobiliaria De Vivar Ltda. es propietaria del inmueble ubicado en Arturo Prat N°559, Arica, Rol 100-18, inscrito a su nombre desde 2012. El SII mantiene 3 roles de avalúo sobre el mismo inmueble (100-18, 100-19 y 100-20), asignando erróneamente dos de ellos a un tercero (Ulises Romero Baeza). Esta situación genera deudas tributarias impagables por $ 55.796.682 e impide a la contribuyente disponer del bien raíz por aplicación del art. 74 CT.
El Tribunal establece que el inmueble ha mantenido un solo rol de avalúo (100-18) desde 1987 según registros del Conservador de Bienes Raíces y DOM. El SII se arrogó atribuciones que no le corresponden al exigir pago de deudas tributarias como requisito para modificar el avalúo, ya que el cobro de tributos es competencia exclusiva de Tesorería según arts. 168 y siguientes CT. La existencia de deuda no puede impedir la corrección catastral cuando ésta responde a errores registrales del propio Servicio. El art. 12 letra e) Ley 17.235 faculta al SII para modificar avalúos por divisiones o fusione
Acoge el reclamo. Deja sin efecto Ordinario DRAP 18 AVA N°078 de 6/05/2020. Ordena al SII modificar catastro del rol 100-18, eliminando roles 100-19 y 100-20, y ajustando la superficie a 372,20 m². Sin condena en costas.
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT N°: Rol · solo Pro
INM. DE VIVAR con SII
Cuantía 1.093,43 UTM
En Arica, a cinco de enero de dos mil veintidós.
VISTO:
RECLAMACIÓN.
A fojas 1, el escrito presentado en la Oficina Judicial Virtual de este Tribunal Tributario y Aduanero con fecha 24 de diciembre de 2020, a las 19:37 horas, por el letrado RAÚL EDUARDO SANCHEZ SEPÚLVEDA, abogado, cédula nacional de identidad N°[RUT reservado], actuando en representación, según se acreditará, de la sociedad INMOBILIARIA DE VIVAR LTDA., RUT Nº77.387.500-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Brasilia Nº 2125, oficina A, Comuna y Ciudad de Arica, por el cual, conforme los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra del Ordinario DRAP 18 AVA Nº 078, de fecha 6 de mayo de 2020, emitido por el Departamento de Avaluaciones de la Dirección Regional Arica del Servicio de Impuestos Internos, y notificado a esta parte de forma personal con fecha 19 de mayo, que resolvió no modificar el avalúo i ndividual del bien raíz Rol de Avalúo Nº 100 -18, de la comuna de Arica, en base a los fundamentos de hecho y de derecho que expone:
I. PLAZO PARA RECLAMAR.
El acto reclamado fue notificado de manera presencial a la reclamante el día 19 de mayo de 2020. Con posterioridad, el día 17 de junio del mismo año, la reclamante presentó una Reposición Administrativa Voluntaria del artículo 123 bis del Código Tributario, suspendiendo el plazo para reclamar.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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