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Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA MACEC LIMITADA con SII
Fecha: 11-04-2022 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Rechaza reclamo por vulneración de derechos de contribuyente respecto a anotaciones del SII, por extemporaneidad y porque las restricciones no afectan normal desarrollo de operaciones económicas.
Constructora Macec Limitada fue fiscalizada por el SII por presunto uso indebido de crédito fiscal (períodos 01/2017 a 08/2018). El SII registró tres anotaciones: N°42 (27/09/2019), N°52 (22/03/2019) y N°4103 (23/06/2020). Estas generaron restricciones para obtener folios y timbrajes, e impidieron acceder a convenios especiales de condonación con Tesorería. El contribuyente interpuso reclamo el 17/12/2021, alegando vulneración del artículo 8 bis N°14 del Código Tributario, argumentando que las anotaciones eran injustificadas y afectaban sus operaciones comerciales.
El Tribunal determinó que el reclamo era extemporáneo, pues debía haberse interpuesto dentro de 15 días desde que se tuvo conocimiento de las anotaciones (junio de 2020), no desde la respuesta a la Citación N°89 (03/12/2021). Además, analizando el fondo, concluyó que aunque las anotaciones generaron restricciones en foliación y exclusiones en convenios, tales medidas no vulneraban el artículo 8 bis N°14 porque no impedían el normal desarrollo de operaciones económicas, sino que constituían un control fiscal temporal. Finalmente, constató que al momento de dictar sentencia, todas las anotacione
Se rechaza íntegramente el reclamo por extemporáneo y por no haberse vulnerado derechos del contribuyente en artículo 8 bis N°14 del Código Tributario. Cada parte paga sus propias costas.
“CONSTRUCTORA MACEC LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SANTIAGO SUR”
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, once de abril de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 3, comparece don Mauricio Tobar Arriagada , cédula nacional de identidad N°[RUT reservado], abogado, domiciliado en Diagonal Pasaje Matte N°957, oficina 815, comuna de Santiago, en representación de CONSTRUCTORA MACEC LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.265.935-2, sociedad del giro construcción, representada por don Igor Marín Rojas, cédula nacional de identidad N° [RUT reservado], ambos domiciliados en calle Melinka 2900 Dávila [sic], comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana, quien de conformidad a lo dispuesto en los artículos 155 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo por vulneración de derechos, por omisión ilegal y arbitraria del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), al haberse vulnerado los derechos del contribuyente consagrado en el artículo 8 bis N° 14 del Código Tributario, solicitando se acoja, eliminando todas las anotaciones y las exclusiones derivadas de éstas en Tesorería, o en subsidio, aplicar la medida cor rectiva correspondiente, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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