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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD COMERCIAL LOS ITALIANOS LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 05-01-2024 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA+100M No Ha Lugar Revocatorio
Tribunal rechaza reclamo de Sociedad Los Italianos contra modificación de avalúos de bienes raíces por falta de firma, competencia y fundamentación, por considerar que se trata de avisos permitidos por ley.
Sociedad Comercial Los Italianos Limitada reclama contra ocho resoluciones del SII que modificaron retroactivamente al 1 de julio de 2016 los avalúos fiscales de inmuebles ubicados en Ovalle (roles 73-5 a 73-12). Las resoluciones fueron emitidas el 22 de julio de 2019 y notificadas el 12 de agosto de 2019. La reclamante cuestiona vicios gravísimos: falta de firma de los actos administrativos, ausencia de funcionario competente identificado y falta de fundamento manifiesto sobre el incremento de avalúos.
El Tribunal estima que: (1) El inciso final del artículo 11 del Código Tributario autoriza que las notificaciones de modificaciones de avalúos sean confeccionadas por medios mecánicos y carezcan de timbres y firmas, lo que aplica en la especie; (2) La delegación de facultades al Jefe del Departamento de Avaluaciones mediante Resolución Exenta SII N°1003 de 1996 es válida y no exige que se firme por orden del Director; (3) Los actos contienen fundamentos de hecho en los considerandos que justifican la modificación (visita a terreno del 21.03.2019, constatación de nuevas construcciones regulariz
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se condena a la reclamante al pago de costas. Se ordena notificar por carta certificada a la reclamante y publicar sentencia en sitio web del Tribunal.
RESUMEN:
PARTES: SOCIEDAD COMERCIAL LOS ITALIANOS LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RUC N°: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
MATERIA: RESOLUCIÓN.
PROCEDIMIENTO: GENERAL DE RECLAMACIÓN.
CUANTÍA BRUTA: 7.978,43 UTM.
La Serena, cinco de enero de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
Que, a fojas 56 y siguientes , respecto de las resoluciones
A04.2019.00016458 y A04.2019.00016459 referentes al inmueble rol 73 -7; a fojas 208 y siguientes por las resoluciones A04.2019.00016464 y A04.2019.00016465 referentes al inmueble rol 73 -10; a fojas 324 y siguientes en lo referido a las resoluciones A04.2019.00016454 y A04.2019.00016455 referentes al inmueble rol 73 -5; a fojas 439 y siguientes por las resoluciones A04.2019.00016463 y A04.2019.00016462 referentes al inmueble rol 73 -9; a fojas 558 y siguientes en lo concerniente a las resoluciones A04.2019.00016468 y A04.2019.00016469 referentes al inmueble rol 73 -12; a fojas 682 y siguientes por las resoluciones A04.2019.00016456 y A04.2019.00016457 referentes al inmueble rol 73 -6; a fojas 811 y siguientes , respecto a las resoluciones
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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