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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
Fecha: 27-03-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA Ha Lugar
Se confirma multa por declaración maliciosamente incompleta en Formulario N°22 del año tributario 2018, por omisión de ingresos de $16.078.199 percibidos mediante cheques de Comercial Fernapet Limitada.
Inversiones Fénix Limitada omitió declarar en su Formulario N°22 del año tributario 2018 ingresos por $16.078.199 provenientes de ocho cheques emitidos por Comercial Fernapet Limitada, cuyos montos oscilaban entre $766.955 y $3.285.709. Dichos cheques se respaldaban con facturas falsas emitidas por sociedades como Impoelectra SpA, Comercializadora Milano SpA y otras. El representante legal reconoció haber percibido los ingresos pero no los contabilizó ni incluyó en la declaración de renta. El perjuicio fiscal fue determinado en $4.165.540 por Impuesto a la Renta.
El tribunal aplicó el artículo 97 N°4 inciso 1° del Código Tributario, que sanciona con multa del 50% al 300% del tributo eludido las declaraciones maliciosamente incompletas. Para determinar el monto de la multa se consideraron los criterios del artículo 107, concluyendo que concurrían atenuantes por ausencia de reincidencia, allanamiento del contribuyente y cooperación. El tribunal estimó procedente aplicar el mínimo de la escala (50%) atendida la falta de antecedentes de reincidencia y el desistimiento de los descargos.
Se confirma el Acta de Denuncia N°08 de 26 de febrero de 2020. Se aplica multa de $2.082.770 (50% del tributo eludido de $4.165.540) al contribuyente Inversiones Fénix Limitada por infracción al artículo 97 N°4 inciso 1° del Código Tributario.
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EN SANTIAGO, VEINTISIETE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
Que a fojas 11 rola el Acta de Denuncia N°8 de fecha 26 de febrero de 2020 emitida por la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), en contra de INVERSIONES F ÉNIX LIMITADA, RUT N°76.389.449-5, representada legalmente por don CHEN LI GIA I , RUT N° [RUT reservado], todos con domicilio en Abate Molina N°288 , comuna de Santiago, por haber incurrido en la s infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 N°4 inciso 1° del Código Tributario. El acta materia de este proceso fue notificada por cédula al contribuyente con fecha 26 de febrero de 2020, según consta a fojas 10 de autos.
En dicha actuación el SII indica, en resumen, que con ocasión de un proceso de recopilación de antecedentes efectuado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 161 N°10 de Código Tributario, el SII emitió el Informe de Recopilación de antecedentes N°32 ARA 3 -2018, en donde se constató que el contribuyente INVERSIONES FÉNIX LIMITADA omitió maliciosamente la declaración de ingresos, en su Formulario N°22 correspondiente al Año Tributario 2018 (en adelante “AT 2018”), percibidos por pagos de mercaderías vendidas a COMERCIAL FERNAPET LIMITADA, que habrían sido entregadas con facturas falsas de empresas facilitadoras de dicha documentación. En concreto, omitió declarar ingresos percibidos, ocasionando un perjuicio fiscal ascendente 2 a $4.165.540.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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