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Tribunal · solo Pro
EUGENIO JOANNON R ARQUITECTOS ASOCIADOS LIMITADA con ARAYA ZACARÍAS y otro
Fecha: 09-08-2024 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de IDPC por rechazo de gasto en remuneraciones. Contribuyente no acreditó fehacientemente la procedencia del gasto objetado por el SII, pese a presentar declaraciones rectificatorias extemporáneas.
SII fiscalizó declaración de renta AT 2013 de sociedad de arquitectos, detectando inconsistencias en gastos por remuneraciones declarados (código 631) versus DJ 1887. Tras carta aviso y citación sin respuesta del contribuyente, se liquidó diferencia de IDPC por agregado de $24.873.580 a base imponible. Contribuyente posteriormente rectificó F29 de varios períodos 2012 y DJ 1887, pero no aportó documentación respaldatoria suficiente (contratos, libro remuneraciones, liquidaciones de sueldo, etc.).
Tribunal aplica artículo 21 CT estableciendo carga probatoria en contribuyente. Analiza requisitos del artículo 31 LIR sobre gastos necesarios, concluyendo que rectificaciones de F29 y DJ 1887 presentadas posterior a liquidación son insuficientes para acreditar procedencia del gasto. Contribuyente debió aportar documentación fehaciente (Libro Mayor, contratos, planillas previsionales, libro remuneraciones, balance) que no presentó. Inactividad en etapa administrativa y falta de diligencia probatoria en juicio no permiten acoger pretensión. Corrección de errores propios extemporánea es improced
Se rechaza reclamo y confirma Liquidación N°315000000582 por diferencia de IDPC de $5.009.539, reajustes $636.647 e intereses $2.964.248 (total $8.610.434 al 31/03/2016). Se condena en costas a reclamante.
“EUGENIO JOANNON R, ARQUITECTOS ASOCIADOS LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, nueve de agosto de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
A fojas 1 y su complemento de fojas 33, comparece don Manuel Pino Figueroa, RUT N°[RUT reservado], abogado, en representación de EUGENIO JOANNON R, ARQUITECTOS ASOCIADOS LIMITADA , RUT N°76.249.210-5, domiciliados para estos efectos en Tucapel Jiménez 52, Santiago, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 124 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamación tributaria en contra de la Liquidación N°315000000582, emitida con fecha 24 de Marzo de 2016, por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando acogerlo a tramitación y darle lugar en todas sus partes, ordenando y declarando que se dejan sin efecto los cobros formulados a través de dicha liquidación, con costas, en virtud de los antecedentes de hecho y derecho que expone:
En el párrafo de su libelo referido al Concepto liquidado por el SII, explica que se liquidó por concepto de Impuesto de Primera Categoría (en adelante, IDPC) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante, LIR).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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