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Tribunal · solo Pro
LETELIER LARRAGUIBEL con SII
Fecha: 23-09-2024 · Materia: Liquidación
ACOGE+2.000M Ha Lugar
Acogido parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuesto a la renta 2010-2012 por gastos rechazados. Se anulan las liquidaciones al acreditarse operaciones de compra de chatarra en AT 2010, mas se rechazan argumentos para AT 2011 y 2012.
Martillero público presentó declaraciones de renta para años 2010, 2011 y 2012. SII practicó liquidaciones (Nos. 259 a 264) de 27.07.2016 rechazando gastos por dos conceptos: A) costos no acreditados por falta de registro; B) costos amparados en facturas ideológicamente falsas. Los rechazos afectaban compras de chatarra a diversos proveedores. Reclamante alegó que operaciones eran reales, que en mercados informales es imposible cumplir formalidades tributarias, y que facturas tenían timbre del SII. SII fundamentó en malicia de declaraciones aplicando prescripción de 6 años.
El tribunal analizó la prueba instrumental y testimonial aportada. Respecto a AT 2010, con liquidaciones 259 y 260, acreditó mediante facturas, libro de compras y testimonios que las compras de chatarra en diciembre 2009 eran reales, por lo que procedía su deducción conforme artículos 31 y 33 de LIR. Para AT 2011 y 2012 (liquidaciones 261 a 264), determinó que el reclamante no aportó pruebas idóneas suficientes (faltaron formularios 29, libros de compras completos y facturas de respaldo), por lo que no logró desvirtuar los rechazos. Aplicó artículo 132 del CT sobre apreciación de prueba según
Se acoge parcialmente reclamo: se dejan sin efecto liquidaciones Nos. 259 a 264 conforme motivos 15 y 33. Director Regional dispondrá cumplimiento administrativo. Cada parte paga sus costas. Sentencia notificada el 23 de septiembre de 2024.
“LETELIER LARRAGUIBEL, RAFAEL ANDRÉS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don RAFAEL ANDRÉS LETELIER LARRAGIBEL , RUT N°[RUT reservado], del giro martillero público y otros , domiciliado en calle San José N°985, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, quien de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nos. 259 a 264, emitidas el 27 de julio de 2016, solicitando se dejen sin efecto, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo de su reclamo titulado: “ANTECEDENTES DE LAS LIQUIDACIONES QUE SE RECLAMAN”, explica que éstas fueron emitidas por la Dirección Regional Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) , correspondientes a Impuesto a la Renta de Primera Categoría (en adelante, IDPC) , e Impuesto Global Complementario (en adelante, IGC) de los años tributarios (en adelante, AT) 2010, 2011 y 2012, según cuadro resumen que inserta.
En el capítulo de su libelo denominado “REFERENCIAS DE LAS LIQUIDACIONES QUE SE RECURREN”, expone que se componen de: Concepto A) Costos rechazados amparado en registro no acreditado; y, Concepto B) Costos/Gastos rechazados amparado en facturas ideológicamente falsas.
En el capítulo de su reclamo titulado: “ARGUMENTOS Y FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DEL RECLAMO”, expresa que el reclamo tiene por objeto dejar sin efecto y anular las Liquidaciones Nos. 259 a 264 , porque todas y cada una de las actividades comerciales que realiza y que constituyen el desarrollo de su giro, implica negociar con proveedores del rubro que cumplen con los requisitos comerciales y tributarios exigidos por la ley.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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