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Tribunal · solo Pro
FERROSTAAL CHILE S.A.C. con SII
Fecha: 22-11-2024 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Ferrostaal contra liquidación del SII por AT 2015, reconociendo ingresos por exportaciones y comisiones devengadas conforme a principios contables.
Ferrostaal Chile S.A.C. reclamó contra Liquidación N°20 del SII de mayo 2016 por AT 2015, que desestimó pérdida tributaria declarada resultando impuesto a pagar de $410.326.096 (rebajado a $207.537.167). Empresa cuestiona varios ajustes: reclasificación de ingresos por $956.727.904, costos de proyectos Codelco, gastos e indemnizaciones. Sostiene que ingresos por exportaciones de $111.915.700 y comisiones devengadas de $586.560.796 ya estaban incluidos en base imponible conforme a devengo contable.
El tribunal analiza separadamente cada partida reclamada. Respecto de ingresos por clientes ($111.915.700), verifica que corresponden a exportaciones del período septiembre 2014 debidamente facturadas (facturas N°190 y 191) y declaradas en F29, encontrándose ya incluidas en la base imponible del ejercicio comercial 2014. Respecto de comisiones devengadas ($586.560.796), reconoce que contablemente el devengo es anterior a facturación y cobro, siendo devengadas en año comercial 2013 y facturadas en 2014, por lo que su inclusión en RLI del AT 2015 correspondiente a ese año evita duplicidad tribut
Se acoge en parte el reclamo, dejando sin efecto parcialmente la Liquidación N°20, ordenando deducir de la base imponible los ingresos por exportaciones ($111.915.700) y comisiones devengadas acreditadas que ya fueron incluidas en RLI del AT 2015.
“FERROSTAAL CHILE S.A.C con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. -
VISTOS:
A fojas 2, comparece don Claudio Eduardo Bustos Alvarado, Abogado, cédula nacional de identidad N°[RUT reservado], y don Gonzalo Alberto Guzmán Gaete, Abogado, cédula nacional de identidad N°[RUT reservado], ambos en representación de FERROSTAAL CHILE S.A.C., sociedad comercial, Rol Único Tributario N°91.336.000-1, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura N°2736, Piso 4, Santiago, quienes, conforme a lo establecido en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interponen reclamo tributario en contra de la Liquidación N°20, respecto del todo o parte de algunas de sus partidas, emitida con fecha 06 de mayo de 2016, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), y notificada por cédula con fecha 06 de mayo de 2015 (sic), mediante la cual se desestima la pérdida tributaria declarada en el Año Tributario 2015 (en adelante, AT), resultando un impuesto a pagar de $410.326.096.- y, en virtud de la Resolución Ex. N°65665, de fecha 05/08/2016, emitida por el Departamento de Procedimientos Administrativos, se rebajó a la suma de $207.537.167.-, solicitando que se deje sin efecto la liquidación en lo pertinente, se dicte en su reemplazo una resolución que apruebe la pérdida tributaria de la reclamante respecto del AT 2015 y de lugar a la solicitud de devolución de pago provisional por utilidades absorbidas (en adelante, PPUA), con expresa condenación en costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Previamente señala que respecto de aquellas partidas de la Liquidación N°20, que no son reclamadas en esta instancia, éstas ya fueron conciliadas por el SII en el marco del Recurso de Reposición Administrativa Voluntaria.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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