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Tribunal · solo Pro
PANIFICADORA LEON LIMITADA con SII
Fecha: 24-06-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Panificadora León Ltda. contra liquidación de IPC 2021 tras allanamiento del SII que reconoce corrección del gasto de remuneraciones declarado.
Panificadora León Limitada interpuso reclamación contra liquidación N° 110407067 del 18 de julio de 2024, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, por concepto de Impuesto de Primera Categoría del año tributario 2021. La controversia se centró en supuestas inconsistencias en la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta, específicamente respecto de la Observación B94 relacionada con remuneraciones y cotizaciones previsionales declaradas en el Formulario N° 22.
El Tribunal constató que, tras revisar los documentos acompañados por la reclamante, especialmente los relativos a cotizaciones previsionales, el gasto por remuneraciones declarado en el Formulario N° 22 del AT 2021 fue correctamente determinado. El SII, reconociendo esto, aceptó llanamente la pretensión contraria en su totalidad conforme al artículo 157 en relación con el artículo 132 inciso primero del Código Tributario, dejando sin efecto la liquidación reclamada. El allanamiento total permitió al Tribunal resolver anticipadamente la controversia sin requerimiento de trámites adicionales.
Se acoge el reclamo promovido por Panificadora León Limitada, dejándose sin efecto la liquidación N° 110407067 de 18 de julio de 2024. No se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos conforme al artículo 132 del Código Tributario.
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“PANIFICADORA LEON LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCION REGIONAL SANTIAGO CENTRO”
Rol · solo Pro
RIT GR-15- 00032-2025
Cuantía Neta UTM: 433,92
Multa UTM: 0
Reajuste UTM: 0
Intereses UTM: 0
Cuantía Bruta UTM: 433,92
En Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que, con fecha 12 de marzo de 2025, a folios 1 y siguientes del expediente electrónico, doña Ximena Okuma Ponce, abogada, en representación convencional de doña María José Herranz Álvarez, RUT [RUT reservado], representante legal de PANIFICADORA LEÓN LIMITADA, del giro de su denominación, RUT 84.911.400-K, con domicilio en calle Luis Valenzuela Aris N° 3748, de la comuna de Macul, dedujo acción de reclamación en procedimiento general, de conformidad a lo prescrito en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la liquidación N° 110407067, de 18 de julio de 2024, emitida por la Direccional Regional Santiago Centro del SII, por concepto de Impuesto de Primera Categoría generado en el Año Tributario 2021, debido a , supuestas, inconsistencias en la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta , conforma a los fundamentos que expresa en su reclamo, solicitando al Tribunal para que dicho acto tributario sea dejado sin efecto.
SEGUNDO: Que, luego del examen de admisibilidad realizado por este Tribunal, a folios 345-345 vuelta, se dio tramitación al presente reclamo, concediéndole traslado al Servicio para contestar.
TERCERO: Que, en folios 366 a 367 vuelta, la reclamada , u na vez analizados los documentos acompañados por la reclamante en su reclamo , en específico, aquellos referentes a los pagos que correspondientes a las cotizaciones previsionales, se pudo determinar que el gasto declarado en el Formulario N° 22 del período, AT 2021, por concepto de remuneraciones estaba correctamente determinado por la contribuyente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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