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Tribunal · solo Pro
SII con Constructora Visol Ltda.
Fecha: 26-01-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal confirma en parte denuncia por uso de facturas ideológicamente falsas para defraudar IVA, desestimando cargo por Impuesto a la Renta. Impone multa de $104.018.060 equivalente al 100% del IVA defraudado.
Constructora Visol Ltda. registró en declaraciones mensuales (Formularios 29) de 2018 crédito fiscal IVA amparado en 143 facturas electrónicas ideológicamente falsas emitidas por cuatro proveedores pertenecientes a una red de facilitadores. Las facturas carecían de materialidad: los representantes de la empresa declararon bajo juramento que nunca se realizaron las operaciones, no conocían a los proveedores y no efectuaron pagos. El perjuicio fiscal ascendió a $104.018.060 en IVA. Posteriormente, el contribuyente presentó declaraciones rectificatorias retirando los créditos fiscales cuestionado
El tribunal estimó probada la intención dolosa de la contribuyente al utilizar documentos tributarios falsos para obtener beneficio tributario indebido. Rechazó el cálculo del perjuicio fiscal en Impuesto a la Renta mediante aplicación del artículo 21 LIR, sosteniendo que esa norma tiene naturaleza distinta a la sanción del artículo 97 N°4 inciso primero CT. Confirmó la infracción por IVA bajo el inciso segundo del artículo 97 N°4 CT. Aplicó atenuantes (falta de reincidencia, cooperación del infractor) para fijar multa en el 100% de lo defraudado. Desestimó alegaciones sobre non bis in ídem y
Se confirma en parte el Acta de Denuncia dejando sin efecto la imputación por Impuesto a la Renta. Se aplica multa de $104.018.060 por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo CT. Se ordena que el Director Regional SII emita giro de la multa una vez ejecutoriada la sentencia.
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EN SANTIAGO, VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
VISTOS:
Que a fojas 20 rola el Acta de Denuncia N°1 de fecha 25 de febrero de 2022
emitida por la Dirección Regional Santiago Sur del Servicio de Impuestos
Internos, remitida por doña FAVIOLA ADROVEZ ESPINOZA , Jefa del
Departamento Jurídico de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del
Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), en contra de
CONSTRUCTORA VISOL LIMITADA, RUT N°77.052.800-3, domiciliada en
Balmaceda N°0211 , comuna de El Bosque , por haber incurrido en la s
infracciones descritas y sancionada s en el artículo 97 N°4 incisos primero y
segundo del Código Tributario. El acta materia de este proceso fue notificada por
cédula al contribuyente con fecha 25 de febrero de 2022, según consta en el
documento acompañado a fojas 34 de autos. En dicha actuación el SII indica en
resumen que, CONSTRUCTORA VISOL LIMITADA es contribuyente de IVA, con
giro de Extracción de piedra, arena y arcilla ; Fabricación de otros productos
minerales no metálicos N.C.P ; y Construcción de carreteras y líneas de
ferrocarril.
Según explica, ésta fue sujeto de un proceso de recopilación de
antecedentes que culminó en el Informe N°21.ARA 3 de fecha 29 de diciembre
de 2020, elaborado por el Departamento de Delitos Tributarios del SII, mediante
el cual se verificó que la denunciada registró en su contabilidad y declaró en sus
Formularios 29 correspondientes a los meses de abril, mayo, julio, octubre y
diciembre de 201 8, Crédito Fiscal IVA amparado en documentación
ideológicamente falsa, aumentándolo artificiosamente, generando un perjuicio
fiscal de IVA ascendente a $104.012.060.- y de Impuesto a la Renta ascendente
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Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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