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Tribunal · solo Pro
RUPAYAN HUERALEO con SII
Fecha: 07-08-2026 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente el reclamo anulando la multa del art. 97 N°11 del CT, pero se rechaza la impugnación de la liquidación por falta de acreditación de la calidad de accionista y percepción de dividendos, reconociendo válida la prescripción extraordinaria de 6 años por declaración maliciosamente falsa.
La contribuyente Jeanette Rupayan Hueraleo presentó declaración de renta AT 2017 (F22 folio 220946257) incluyendo dividendos por $30.052.098 de Inmobiliaria Majegui S.A. y créditos por IDPC por $5.812.539, obteniendo devolución de $3.458.701 autorizada el 30/05/2017. El SII, tras investigación del Departamento de Delitos Tributarios respecto de una maniobra fraudulenta con 66 contribuyentes que figuraban como accionistas de dicha sociedad para obtener devoluciones indebidas, emitió Citación N°220 (09/11/2021) requiriendo acreditación de calidad de accionista, compra de acciones y percepción de
El tribunal verificó que la reclamante no aportó documentación fehaciente de compra de acciones (escritura, factura, comprobante de pago), ni demostró capacidad económica para la inversión conforme a sus declaraciones previas. Respecto de los dividendos, no acreditó percepción efectiva mediante cartola bancaria o certificado de dividendos de la sociedad. El crédito por IDPC de Primera Categoría presupone rentas efectivamente percibidas y acreditación del crédito soportado y pagado en arcas fiscales; el F22 de la sociedad por sí solo no acredita lo anterior. Sobre prescripción, el tribunal conc
Se acoge parcialmente el reclamo dejando sin efecto la multa del artículo 97 N°11 del Código Tributario contenida en Liquidación N°2 de 14/01/2022. Se rechaza la impugnación de la liquidación en cuanto al reintegro de $3.500.205, reajustes e intereses. Cada parte paga sus costas. La Directora Regional debe cumplir administrativamente lo resuelto.
“RUPAYAN HUERALEO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, siete de agosto de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 3, comparece don CRISTOBAL SERGIO EAST TOMICIC , abogado, RUT N° [RUT reservado], en representación de doña JEANETTE GLORIA RUPAYAN HUERALEO , chilena, RUT N°[RUT reservado], ambos con domicilio para estos efectos en calle Santo Domingo N °664 Comuna y Ciudad de Santiago, quien interpone reclamo en contra de la Liquidación N°2 de fecha 14 de enero de 2022, notificada con fecha 31 de enero del mismo año , mediante Notificación N °17 Folio 1675061 , emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), y solicita que se confirme que los ingresos declarados en el F22 correspondiente al AT 2017 son los correctos y que se deje sin efecto la liquidación reclamada por la suma de $3.500.205 más reajustes, intereses y multas ya que estas se encuentran correctas y aceptada por el SII, declarando además que la acción del SII para la nueva revisión sobre dicho periodo se encuentra prescrita de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho que expone.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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