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Tribunal · solo Pro
Vivar Gonzalez con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 02-09-2014 · Materia: Giro
RECHAZA Confirmatorio Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra giros de impuestos por falta de reclamabilidad procesal, al existir liquidaciones previas afinadas que sirvieron de antecedente.
Blanca Vivar González fue auditada por el SII respecto de inversiones en dólares durante 2008-2009. El SII determinó que no se justificó el origen de los fondos utilizados en la compra de dólares, emitiendo liquidaciones de impuestos Nº 8 a 19 de fecha 1 de junio de 2011. Posteriormente se emitieron giros de fecha 30 de enero de 2014 por diferencias en IVA, Reintegro Renta, Primera Categoría e Impuesto Global Complementario. La contribuyente alegó que acreditó el origen de los fondos mediante cartolas bancarias y cheques de Dicomex Ltda.
El tribunal concluyó que los giros impugnados se conforman y derivan directamente de las liquidaciones Nº 8 a 19, encontrándose estas últimas afinadas a la fecha del reclamo. Conforme al artículo 124 del Código Tributario, cuando existen liquidación y giro, no puede reclamarse del giro salvo que este no se conforme a la liquidación que le sirvió de antecedente. En el caso concreto, los montos cobrados coinciden número por número con las liquidaciones y cada glosa del giro indica expresamente el número de liquidación y resolución que lo sustenta. Por tanto, no operaba la excepción legal que per
Se rechaza la reclamación contra los giros de impuestos Folios 123633, 123635, 123637, 123639, 123641, 123663, 123667, 123669, 123691, 123731 y 123733 de fecha 30 de enero de 2014, por no ser reclamables conforme al artículo 124 inciso 1º del Código Tributario. Se deja sin efecto la suspensión de cobro de 90 días previamente dictada. Sin costas.
RUC: N°: Rol · solo Pro.
RIT N°: Rol · solo Pro
En Arica, a dos de septiembre de dos mil catorce.
VISTO:
A fojas 1 y siguientes , don ESTEBAN BASAURE BEDREGAL, abogado, con domicilio en Patricio Lynch N° 288, Arica, en representación de BLANCA ANGÉLI CA VIVAR GONZÁLEZ, chilena, cédula de identidad N° [RUT reservado], domiciliada para estos efectos en El Parque N°2883, Vista del Valle, Arica, y conforme los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce Reclamo en contra de los giros de impuestos Folios 123633, 123635, 123637, 123639, 123641, 123663, 123667, 123669, 123691, 123731 y 123733, todos de fecha 30 de enero de 2014, sobre la base de los siguientes argumentos de hecho y legales:
I-.ANTECEDENTES PREVIOS 1.- Señala que producto de la auditoría tributaria realizada por el Servicio de Impuestos Internos sobre inversiones efectuadas durante los años comerciales 2008 y 2009, dicho Servicio resolvió que no se habría justificado el origen de los fondos que se utilizaron en la compra de dólares , determinando diferencias de impuestos. 2.-Posteriormente, con fecha 31 de Enero de 2014, mediante Notificación N° 10, Folio 1419457, se emiten los giros de impuestos, Folios 123633, 123635, 123637, 123639, 123641, 123663, 123667, 123669, 123691, 123731 y 1 23733, todos de fecha 30 de enero de 2014. 3.-Por los giros mencionados dice que se solicita Revisión de la Actuación Fiscalizadora, con el fin de corregir los errores y/o vicios manifiestos evidentes que se incurrió en las liquidaciones y/o giros. Se solicita, por lo tanto, la anulación de los mismos, por ser improcedentes, como se acreditará.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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