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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
Fecha: 17-11-2014 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal Tributario condena a Ingecal Ltda. por presentar declaraciones de IVA (formularios 22 y 29) maliciosamente falsas, utilizando facturas sin detalle de mercaderías de proveedores relacionados, para obtener crédito fiscal fraudulento.
Ingecal Ltda., empresa de calefacción y construcción, fue fiscalizada por el SII respecto de IVA y crédito fiscal del período 2009-2011. Presentó facturas de transporte de cinco empresas proveedoras cuyos titulares eran los propios socios y sus familiares. Las facturas carecían de detalle de mercaderías transportadas, origen-destino, y guías de despacho. Los proveedores no presentaron declaraciones de personal (1879-1887). Los vehículos registrados no tenían permisos vigentes o eran adquiridos posteriormente a las operaciones. Los socios no pudieron explicar las operaciones en declaraciones ju
El Código Tributario art. 97 N°4 sanciona declaraciones maliciosamente falsas que induzcan liquidación de impuesto inferior al debido, y maniobras para aumentar créditos o imputaciones indebidamente. El sistema tributario chileno se basa en autodeterminación con facultades fiscalizadoras del SII. La evaluación de prueba se rige por sana crítica. Se acreditó que las facturas eran ficticio: no especificaban mercaderías, provenían de empresas sin personal registrado, con vehículos inoperativos, y fueron emitidas por personas relacionadas a los socios. La conducta configura infracciones específica
Se acoge la denuncia. Se condena a Ingecal Ltda. a multa del 300% de lo defraudado en crédito fiscal por facturas falsas de transporte. Se rechaza excepción de vulneración de defensa y de ilegalidad de sanción pecuniaria. Tribunal Tributario competente para aplicar sanciones administrativas tributarias.
Doscientos cincuenta y ocho 258
Punta Arenas, a diecisiete de noviembre de dos mil catorce.
VISTOS:
Uno.- Que a fojas 4 y siguientes consta Acta de Denuncia número Uno de fecha 30 de enero de 2014, notificada con fecha 14 de febrero del mismo año, suscrita por doña Sandra Rodríguez Bilz, funcionaria del Departamento de Fiscalización, XII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en contra de la contribuyente Ingecal Ltda., RUT N° 76.054.730-1, representada legalmente por don Eduardo Ojeda Santana, R.U.T. N° [RUT reservado], y por don Fabio Restovich Castro, R.U.T. N° [RUT reservado], cuyo giro es calefacción, ventilación, ferretería y contratista, domiciliados en Avenida España N° 1440, de la ciudad de Punta Arenas, por haber incurrido en infracción al artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° del Código Tributario, consistente en la presentación de declaraciones de impuesto formularios 22 amparadas en datos maliciosamente falsos con la finalidad de rebajar su real carga tributaria provocando con ello un perjuicio al Fisco de Chile, asimismo que la contribuyente presentó declaraciones de impuesto formularios 29, maliciosamente falsas, con la finalidad de abultar el IVA crédito fiscal que realmente tenía derecho a hacer valer.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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