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Tribunal · solo Pro
MARTINIC SEGUIC con SII
Fecha: 02-02-2016 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente el reclamo contra liquidación de IGC 2008 por inversión inmobiliaria. Se justifica origen de fondos por mutuo hipotecario ($157.303.797) pero no por cuota inicial ($8.279.147).
Jorge Martinic Seguic realizó inversión en bien raíz por $165.582.944 el 2 de mayo de 2007, financiada con cuota inicial de $8.279.147 y mutuo hipotecario de Banco Security por $157.303.797. No presentó declaración de renta para AT 2008. SII emitió liquidación de IGC por $29.228.569 más reajustes, intereses y multas ($74.581.956) al no responder citación para justificar fondos.
El tribunal aplica artículos 70 y 71 LIR sobre presunción de rentas y justificación de origen de fondos. Analiza carga probatoria del contribuyente conforme artículo 21 CT. Examina escritura pública que acredita mutuo hipotecario por 95% del precio. Concluye que Martinic justificó origen del 95% de la inversión mediante instrumento notarial solemne que SII conoció por F2890, pero no acreditó origen de la cuota inicial (5%) pagada al contado.
Se acoge parcialmente el reclamo. Se tiene por justificado el origen de fondos solo hasta $157.303.797. Se rechaza por los restantes $8.279.147. Se ordena reliquidación con impuestos y recargos aplicables. Cada parte paga sus costas.
“MARTINIC SEGUIC, JORGE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”.
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
Santiago, dos de febrero de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don José Alonso Ugolini Tello , cédula de identidad y RUT N°[RUT reservado], abogado, domiciliado en calle Miraflores N° 178, piso 12, comuna y ciudad de Santiago, en representación convencional de don JORGE JOSÉ MARTINIC SEGUIC , cédula de identidad y RUT N° [RUT reservado], constructor civil, domiciliado en calle Naicura N° 18.291, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana , quien interpone reclamo en contra de la Liquidación de que da cuenta la Resolución N° 9400319034610 (sic), emitida con fecha 16 de abril de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos. En el capítulo I de su libelo de reclamo , relativo a los antecedentes de la resolución (sic) y liquidación reclamada, reproduce los números 1, 2, 3 y 5 de la citada resolución (sic), explicando que el Servicio estima que su representada efectuó una inversión al contado en el bien raíz Rol 030100128, de la comuna de Las Condes, por un monto de $165.582.944, con fecha 02/05/2007. Expone que se agregó a la base imponible del AT 2008, la suma de $ 82.791.472, llevando ésta de los $21.723.615, que efectivamente corresponden, a $104.515.087, que no corresponde n, emitiendo en consecuencia la liquidación reclamada, que da cuenta de un Impuesto Global Complementario, determinado al 30 de abril de 2008 , por $29.228.569, que recargado con reajustes, intereses y multas da un total a pagar al 30 de abril de 2013 de $74.581.956.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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