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Tribunal · solo Pro
HENRIQUEZ PETINELLI con SII
Fecha: 22-12-2017 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Se acoge demanda de nulidad de liquidación de Impuesto Global Complementario por defectos en notificación de citación que no cumplió requisitos legales y expiró plazo de prescripción.
Contribuyente presentó declaración de renta 2010 sin incluir algunos honorarios informados por agentes retenedores. SII practicó Citación N°190(R) el 26/04/2013 por carta certificada, devuelta el 06/05/2013 sin las constancias legales requeridas. Posteriormente notificó la citación por cédula el 06/08/2013 sin consignar ausencia de persona adulta. Finalmente emitió Liquidación N°669(R) el 29/10/2013 por diferencias de Impuesto Global Complementario, notificada ese mismo día por cédula.
El tribunal establece que la carta certificada devuelta el 06/05/2013 no cumplió requisitos del artículo 11 inciso cuarto del Código Tributario para producir aumento de plazo de prescripción. La notificación por cédula del 06/08/2013 no surtió efectos legales porque ya había expirado el plazo del artículo 200 inciso primero del CT (3 años desde expiración plazo de pago), y porque el Acta N°2315 no consignó la circunstancia de no haber encontrado persona adulta, violando artículo 12 inciso tercero. El plazo de prescripción venció el 30/04/2013, siendo la liquidación notificada el 29/10/2013 fue
Se acoge demanda incidental de nulidad interpuesta, dejándose sin efecto la Liquidación N°669(R). Se ordena al Director Regional del SII dar cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“HENRIQUEZ PETINELLI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, veintidós de diciembre de dos mil diecisiete.
En lo principal de fojas 1, comparece don Eduardo Alfredo Otero Sandoval, abogado, en representación de don ÁLVARO FELIPE HENRÍQUEZ PETINELLI, RUT N°[RUT reservado], ambos domiciliados en calle Maule N°945, Santiago, quien interpone “demanda incidental”, solicitando la nulidad del Acta de Notificación N°2315, de fecha 06/08/2013, correspondiente a la Citación N°190(R), de fecha 26/04/2013 y, en consecuencia, la prescripción de la acción del Servicio de Impuestos Internos para liquidar las diferencias de Impuesto Global Complementario contenidas en la Liquidación N°669(R) , de fecha 29/10/2013 y, en subsidio, la nulidad de l Acta de Notificación N°3681, de fecha 29/10/2013, correspondiente a la Liquidación N°669(R), sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos: Explica que, según el correo certificado proporcionado por funcionarios del SII, la Citación N°190(R) se notificó por carta certificada puesta en Correos el día 26/04/2013 y, en consecuencia, conforme al artículo 12° inciso penúltimo del Código Tributario, dicha actuación se habría considerado notificada el 30/04/2013, si es que la carta certificada conteniendo la Citación no hubiera sido devuelta por Correos al Servicio de Impuestos Internos, como ocurrió.
Expone que la misma Liquidación N°669(R), señala que la carta certificada enviada el 26/04/2013 fue devuelta por Correos de Chile el día 06/05/2013. Agrega que, de este modo, de acuerdo a la normativa vigente, el plazo se renovaba por tres meses , a contar de la fecha de recepción de la carta devuelta, esto es, el 06/08/2013, produciendo la notificación válida de la Citación el efecto de ampliar en 3 meses el plazo de prescripción, esto es, hasta el 06/11/2013.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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