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Tribunal · solo Pro
TERMINAL MARITIMO PATACHE SA con SII
Fecha: 24-04-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza deducción de bono por permanencia a gerente general por falta de acreditación de necesariedad, pero anula multa por error en su aplicación.
Terminal Marítimo Patache S.A. reclama contra liquidación que rechaza como gasto deducible un bono de $264.225.893 pagado en 2011 al Gerente General Jaime Lagos Cepernic. El bono provenía de acuerdo denominado 'Retention Bonus Agreement' por US$1.200.000 destinado a incentivar permanencia del ejecutivo. La empresa es sociedad anónima con capitales de familia extranjera (Mahoney), dedicada a servicios portuarios en Iquique. El bono representaba 71% del total de remuneraciones anuales de la empresa.
El tribunal analiza si el bono cumple requisitos del artículo 31 de la LIR para ser gasto deducible. Concluye que la parte no acreditó suficientemente la necesariedad del gasto, considerando: (1) empresa en pérdida tributaria; (2) bono condicionado solo a permanencia, no a gestión; (3) montos desproporcionados respecto otras remuneraciones; (4) falta de vinculación propietaria del gerente. Rechaza aplicación artículo 26 CT por no ser debidamente invocado. Respecto multa artículo 97 N°11 CT, estima que no existe 'retardo' sino discrepancia de criterios sobre procedencia de devolución, por lo qu
Se acoge parcialmente el reclamo solo en cuanto se deja sin efecto la multa del artículo 97 N°11 CT. Se rechaza la pretensión principal de aceptar el bono como gasto deducible. Se ordenan devoluciones por medios administrativos. Cada parte paga sus costas.
“TERMINAL MARÍTIMO PATACHE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N°Rol · solo Pro
RIT N° GR -18-00148-2014
Santiago, veinticuatro de abril de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Jaime Eduardo Lagos Cepernic, ingeniero civil industrial, RUT N°[RUT reservado], en representación de TERMINAL MARÍTIMO PATACHE S.A., RUT N°96.970.050-6, ambos domiciliados en calle Cerro El Plomo N°5.680, oficina 404, comuna de Las Condes, Santiago , quien interpone reclamo en conformidad a lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario en contra de la Liquidación N°21.652, practicada con fecha 16 de diciembre de 2013, por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, sólo respecto del rechazo como gasto necesario para producir la renta de $264.225.893, que forma parte de la partida denominada “Otros Imponibles” de la Renta Líquida Imponible de la reclamante del año tributario 2012, correspondiente a una remuneración accesoria o complementaria por antigüedad pagada al Gerente General don Jaime Lagos Cepernic durante el año comercial 2011, solicitando se declare que dicha remuneración constituye un gasto necesario para producir la renta de la sociedad y, en consecuencia, se anule o elimine en la liquidación reclamada el rechazo como gasto necesario para producir la renta de dicha remuneración, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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