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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

SII REGION DE LOS RIOS con MATAMALA MUNOZ

Fecha: 16-01-2013 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT

HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte

Resumen (IA)

Tribunal confirma infracción del artículo 97 N°4 del CT por uso de 9 facturas falsas para evasión de IVA, aplicando multa equivalente al 100% de impuestos defraudados.

Hechos

Eduardo Fernando Matamala Muñoz, comerciante de pescados y mariscos en Valdivia, contabilizó 12 facturas falsas en sus declaraciones mensuales IVA (Formulario 29) entre 2009 y 2010. De éstas, 9 fueron acreditadas como dobles juegos de documentos: las mismas numeraciones fueron emitidas a terceros por otros proveedores, fechas y montos distintos. El denunciado pagó en efectivo y al contado a personas que aseguraba no conocer, por montos entre $767.000 y $5.300.000, sin verificar identidades ni documentos de respaldo.

Considerandos clave

El tribunal estimó acreditada la falsedad material e ideológica de 9 facturas mediante el cotejo de documentos verdaderos emitidos a terceros, declaraciones juradas de proveedores que negaron conocer al contribuyente, e informes del SII. Consideró que la versión del denunciado era inverosímil: realizar grandes transacciones con desconocidos sin verificaciones básicas (cédula, teléfono) contradice la conducta de un comerciante diligente. El hecho de que estas fueran las compras más importantes de cada mes refuerza que debería haber extremado precauciones. La utilización de estos documentos fals

Resolutivo

Se confirmó el Acta de Denuncia por infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° del CT respecto de 9 facturas (3 de Lino Cortes, 3 de Inversiones Angkor y 3 de Patricio Vásquez). Se dejó sin efecto la denuncia respecto de 2 facturas (Brissio y González Zúñiga) por insuficiencia de prueba. Se aplicó multa de $4.205.951, equivalente al 100% de impuestos defraudados.

Texto del fallo

Valdivia, 16 de enero de dos mil trece.

VISTOS:

A fojas dos y siguientes, rola Acta de Denuncia N°05, de fecha 28 de septiembre de 2012, levantada por el Servicio de Impuestos Internos en contra del denunciado don Eduardo Fernando Matamala Muñoz, RUT N° [RUT reservado], con giro en ventas al por mayor de pescados y mariscos, domiciliado en Pasaje 7 N°568, Villa Calafquén, Valdivia, por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 97 N°4, inciso 2° del Código Tributario.

En la mencionada Acta de Denuncia, se consigna que de la revisión practicada, y teniéndose a la vista Informe de Recopilación de Antecedentes N°1 de fecha 04 de Marzo de 2012, suscrito por don Francisco Luengo Cifuentes; Informe

Complementario N°625, de fecha 28.09.2012; y Cuaderno de Antecedentes de 351 fojas; se detectó que el denunciado, en los períodos de Septiembre, Octubre y Noviembre de 2009; Enero, Febrero, Marzo, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Octubre y Diciembre de 2009, contabilizó en su Libro de Compraventas 12 facturas falsas, utilizando indebidamente los correspondientes Créditos Fiscales mediante Declaraciones Mensuales IVA Formulario 29.

De las 12 facturas ideológicamente falsas utilizadas, cada una debidamente individualizada, 10 lo serían, además, materialmente, pues corresponderían a un “doble juego de documentos”, esto es, constaría que las facturas verdaderas de la misma numeración fueron realmente emitidas por los supuestos proveedores a terceros, por fechas, montos y operaciones, diversas.

Agrega el Acta de Denuncia que la falsedad ideológica de los documentos se prueba tanto mediante la declaración jurada practicada a 4 de los 5 supuestos proveedores, ratificando que no conocen al denunciado y que sus facturas verdaderas las emitieron a terceros; como a través del testimonio del propio denunciado, quien en todos los casos señala no conocer a quienes aparecen emitiendo los documentos, agregando que pagó en efectivo y que no recuerda las operaciones.

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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