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Tribunal · solo Pro
SOC SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL LTDA. con SII
Fecha: 13-07-2022 · Materia: Giro · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza demanda de nulidad de liquidaciones y giros por IVA en servicios de seguridad. El tribunal valida la notificación de liquidaciones por cédula del 26 de julio de 2021 conforme a derecho.
Empresa de servicios de seguridad privada fue fiscalizada por el SII iniciándose el procedimiento el 25 de agosto de 2020. Se emitieron Liquidaciones Nº150 a 169 del 26 de julio de 2021 por concepto de IVA en servicios de vigilancia, notificadas por cédula. Posteriormente se emitieron 20 Giros del 4 de enero de 2022. La reclamante sostuvo que no tuvo conocimiento de las liquidaciones hasta recibir los giros, cuestionando la validez de la notificación por cédula. Realizó inspección personal del tribunal en el domicilio comercial (local 39, Avenida Santa María 2010).
El tribunal analizó la prueba rendida incluyendo testimonios de funcionarios fiscalizadores y representantes de la empresa. Determinó que la notificación de liquidaciones por cédula del 26 de julio de 2021 cumplió todos los requisitos legales conforme artículos 11 y 12 del CT, siendo perfectamente válida. Consideró que los funcionarios actuaron con debidas calidades de ministros de fe y que la empresa ocupaba el domicilio comercial donde se dejó la notificación prendida. No encontró vicios de procedimiento que justificaran anular los actos administrativos conforme a la Ley Nº21.039.
Se rechaza la acción de nulidad de giros y liquidaciones. Se rechaza el reclamo tributario subsidiario. Se confirman en todas sus partes los giros Nº6692043 a 6692441 del 4 de enero de 2022 y las liquidaciones Nº150 a 169 del 26 de julio de 2021. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
RUC N°: Rol · solo Pro.
RIT N°: Rol · solo Pro.
SEGURIDAD INTEGRAL con SII
Cuantía 1.179,53 UTM
En Arica, a trece de julio de dos mil veintidós.
VISTO:
RECLAMACIÓN
A fojas 1, el escrito presentado en el portal de este T TA con fecha 07 de marzo de 2022, a las 16:42 horas, por el letrado RODRIGO MORALES ZORICH, abogado, RUT N°[RUT reservado], actuando en representación, de la SOCIEDAD DE SERVICIOS SEGURIDAD INTEGRAL LIMITADA, del giro “Actividades inherentes a seguridad privada”, RUT Nº76.632.014-7, ambos domiciliados en Sangra 388, oficina 3, ciudad y comuna de Arica, en virtud del cual solicita se declare la nulidad de los Giros N°6692043, 6692059, 6692107, 6692121, 6692127, 6692177, 6692191, 6692205, 692213, 6692235, 6692243, 6692267, 6692285, 6692295, 6692303, 6692317, 6692327, 6692335, 6692341 y 6692441 de fecha 4 de enero de 2022; de las Liquidaciones Nº150 a la 169, de fecha 26 de julio de 2021; actos emitidos por la DIRECCIÓN REGIONAL ARICA DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTER NOS, con el objeto que este Tribunal declare la nulidad de los mismos, en vista de manifiestos vicios que estas adolecen, produciendo un perjuicio a esa parte solo subsanable con la declaración de nulidad de los actos administrativos emitidos por el ente fiscal, con costas.
Señala que el contribuyente recién tomó conocimiento de las Liquidaciones Nº150 a la 169, y de los actos que las precedieron, al momento en que, con fecha 5 de enero de 2021, encontró la notificación por cédula que contenía los Giros de Impuestos, que se referían a las supuestas liquidaciones. Hace presente que, según consta en los documentos que acompaña se puede apreciar la fecha de notificación de los giros, debiendo estarse a esta fecha para comenzar a contabilizar el plazo de 90 días (5 de enero de 2021).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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