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Tribunal · solo Pro
HEYCO CHILE S A con SII
Fecha: 13-05-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza devolución de $1.932.432 por PPUA porque contribuyente no acreditó fehacientemente los gastos que generan la pérdida tributaria, especialmente depreciación, gastos bancarios, patente municipal y corrección monetaria.
HEYCO CHILE S.A., contribuyente de Primera Categoría, presentó su declaración de renta 2013 solicitando devolución de $1.932.432 por Pagos Provisionales de Utilidades Absorbidas (PPUA). El SII le citó para acreditar esta devolución mediante Notificación N° 330200074 del 12 de septiembre de 2013, con comparecencia requerida el 3 de octubre de 2013. El contribuyente no concurrió. Mediante Resolución N° 314000000110 del 22 de noviembre de 2013, el SII rechazó la devolución por falta de antecedentes. El contribuyente interpuso reclamo tributario ante el Tribunal argumentando que sus antecedentes e
El Tribunal rechaza el argumento del SII de que no puede examinar antecedentes no presentados en la etapa administrativa, sosteniendo que los contribuyentes tienen derecho de defensa y que la ley solo sanciona la omisión de documentos específicamente requeridos cuando se solicitan expresamente (art. 132 inc. II CT). Analiza que para deducir gastos se requieren cumplir requisitos copulativos: relación directa con la actividad, carácter de necesario, pago o adeudo en el ejercicio, y acreditación fehaciente. Respecto de PPUA, requiere que la pérdida esté bien determinada según art. 31 LIR. Examin
No ha lugar a la reclamación. Se confirma Resolución Exenta N° 314000000110 del 22 de noviembre de 2013. Se deniega la devolución de $1.932.432 por PPUA. No se condena en costas al reclamante por existir motivos plausibles para litigar.
UN a SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A TRECE DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 13 de marzo de 2014, rolante a fojas 1 a 4 de autos, presentado por don CARLOS HERRERA BERRIOS, RUT
N*[RUT reservado], en representación de la empresa HEYCO CHILE S.A., RUT N*79.961.180-5, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida del Parque N%4928, oficina N*%223, comuna de Huechuraba, mediante el cual interponen reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N*314000000110, de fecha 22 de noviembre de 2013, mediante la cual se declara improcedente la devolución de saldo a favor retenido de la Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario (en adelante AT) 2013, por un monto ascendente a $1.932.432.- (un millón novecientos treinta y dos mil cuatrocientos treinta y dos pesos) fundado en que el contribuyente y reclamante en autos, no habría aportado al ente fiscal los antecedentes necesarios para proceder a verificar la exactitud de la información consignada en su Declaración Anual de Impuesto a la Renta del AT 2013, contenida en el Formulario N*22 (en adelante F22), Folio 243266183, no habiendo demostrado consecuentemente la procedencia de la devolución solicitada.
En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que con fecha 7 de junio de 2013, presentó su Declaración de Renta, en la cual solicitó devolución de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (en adelante PPUA) por $1.932,432.-
Indica que el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), mediante Notificación N*330200074, le solicitó presentarse el día 3 de octubre de 2013 en sus oficinas, a fin de acreditar la procedencia de la devolución invocada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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