Plazo para interponer apelación en recurso tributario
Rechaza recurso de hecho contra resolución que concedió apelación, estimando que esta se dedujo dentro de plazo legal pese a aparente duplicación de sentencia por problemas técnicos del sistema.
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Rechaza recurso de hecho contra resolución que concedió apelación, estimando que esta se dedujo dentro de plazo legal pese a aparente duplicación de sentencia por problemas técnicos del sistema.
Recurso de apelación incidente contra resolución que citaba a oír sentencia en reclamación tributaria. La Corte lo declaró inadmisible por improcedente, ya que conforme al artículo 133 del Código Tributario, esa resolución solo era susceptible de reposición.
La Corte rechaza la excepción de prescripción por dilación procesal y confirma la sentencia del tribunal tributario, considerando que el plazo de razonabilidad debe contarse desde la presentación del reclamo ante órgano jurisdiccional, no desde la fiscalización administrativa, y que la inacción de la contribuyente no favorece su prescripción.
Denegación de devolución de impuestos por Liquidación que determinó diferencias de Impuesto Adicional. La Corte rechazó la casación formal por falta de contradicción y confirmó parcialmente el fallo que acogió parte del reclamo sobre valuación de activos pero rechazó la tasa impositiva pretendida.
Rechaza recurso de hecho del SII contra denegación de apelación respecto de condena en costas. La Corte afirma que en procedimiento tributario solo cabe apelación en casos expresamente listados en ley especial, no siendo aplicable norma supletoria de Código Civil para recursos no previstos.
La Corte revoca la sentencia de primera instancia que acogió parcialmente el reclamo tributario y mantiene íntegra la liquidación del SII, validando la tasación fiscal del vehículo BMW como valor agregado a la base imponible del Impuesto Global Complementario, por no acreditarse adecuadamente el origen de los fondos.
Corte acoge protección contra SII por mantener anotaciones preventivas carentes de fundamento contra contribuyente que ya no integra sociedades observadas, vulnerando derecho a emitir documentos tributarios electrónicamente sin restricciones indebidas.
Rechaza recurso de hecho del SII contra inadmisibilidad de apelación deducida en subsidio de reposición, por ser la materia (incidente de entorpecimiento) expresamente regulada en artículo 133 del Código Tributario, que limita la impugnación solo a reposición sin ulterior apelación.
Revoca sentencia de primer grado y acoge reclamo tributario por prescripción de la acción fiscalizadora del SII: liquidaciones emitidas fuera del plazo ordinario de tres años, sin que concurran hipótesis de no declarante ni declaración maliciosamente falsa.
Rechaza recurso de hecho del SII contra resolución que declaró inadmisible la apelación de una acumulación de autos, por aplicar correctamente el régimen restrictivo de impugnación del Código Tributario.
Confirma sentencia del Tribunal Tributario que rechazó reclamo de contribuyente contra sobretasa a sitio no edificado, por estimarse no acreditada la vigencia del permiso municipal al momento de la petición de revisión.
Revoca parcialmente sentencia de primera instancia: acoge apelación sobre pérdida tributaria de arrastre 2013-2014 (Partida 1) por insuficiencia de fundamentación del SII; rechaza sobre servicios compartidos (Partida 6) por falta de acreditación fehaciente.
Modificación de avalúos de bienes raíces: contribuyente cuestionó vicios formales (falta de firmas y timbres), falta de fundamentación y prescripción de la facultad fiscalizadora. Corte acogió apelación y anuló las resoluciones del SII.
Rechaza protección contra cobro retroactivo de contribuciones por cambio de avalúo: la vía idónea es el reclamo tributario ante el Tribunal Tributario y Aduanero, no protección; además, el acto fue dictado conforme a ley.
Se revoca sentencia que rechazaba reclamo tributario y se acogen las demandas del contribuyente, anulando resoluciones del SII que modificaban avalúos de bienes raíces por vicio de falta de fundamentación esencial.
Rechaza protección por pérdida de oportunidad procesal: la anotación de «contribuyente no ubicado» fue subsanada por el SII antes de la vista, tornando el recurso sin efecto útil.
Confirmó sentencia favorable a Isapre Más Vida: las costas judiciales pagadas por condenas en recursos de protección son gastos necesarios deducibles del impuesto a la renta, pues son inevitables y obligatorios para mantener el giro.
Corte confirma devolución de PPM porque el plazo de tres años comienza desde la Resolución SII 21/2022 que definió la imputación correcta, no desde el pago original ni la declaración anual.
La Corte acogió el recurso del SII contra sentencia de primer grado que había permitido a SQM deducir como donación tributaria desembolsos realizados para cumplir condiciones judiciales de suspensión condicional del procedimiento penal. Se concluyó que carecían de la gratuidad y liberalidad propia de donaciones al ser obligaciones impuestas judicialmente.
Revoca sentencia que acogía reclamo tributario y rechaza demanda de Sociedad Química y Minera: desembolsos en cumplimiento de suspensión condicional del procedimiento penal no califican como donaciones por falta de gratuidad, pues obedecen a obligación jurisdiccional, no a mera liberalidad.
Plazo para solicitar devolución de PPUA: la Corte acogiéndola apelación estimó que el término de tres años del artículo 126 del Código Tributario debe contarse desde la aceptación de la declaración rectificatoria (2020), no desde la declaración primitiva (2017), pues solo entonces quedó definido el derecho a devolución.
Revoca sentencia que absolvía al contribuyente y acoge acta de denuncia por infracción a art. 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario (utilización maliciosa de facturas ideológicamente falsas para aumentar crédito fiscal de IVA), condenando a pago de multa equivalente al 100% de lo defraudado ($1.250.523).
Se rechaza el recurso de protección por improcedencia: la vía cautelar no es idónea para controvertir la resolución que rechazó el recurso de resguardo, correspondiéndole al recurrente recurrir ante el Tribunal Tributario y Aduanero conforme al Código Tributario.
Revocada resolución del Tesorero Regional que rechazó abandono de procedimiento; acogido incidente por inactividad superior a tres años en cobro de obligaciones tributarias.
La Corte revoca sentencia de primera instancia y acoge el reclamo del contribuyente, dejando sin efecto liquidaciones del SII por falta de prueba del hecho base (compras reales de divisas) que activa la presunción del artículo 70 LIR.
Se rechazó amparo por presuntas reformalizaciones indebidas que aumentaron perjuicio fiscal de $223 millones a $1.000 millones. La Corte confirmó que las reformalizaciones solo comunicaron hechos ya investigados, sin incorporar nuevos delitos ni infringir el artículo 229 bis del CPP.
Se confirma sentencia que dejó sin efecto la Liquidación Nro. NUM001 de 2020 del SII, por haberse basado únicamente en la presunción de legalidad de una liquidación anterior ya anulada en causa firme, sin realizar impugnación específica del resultado tributario del AT 2016.
Nulidad de liquidaciones de IVA por vicio procesal en la citación del SII fuera de plazo. La Corte anuló todo lo obrado por incompatibilidad de acciones ejercidas simultáneamente (nulidad de derecho público y reclamo tributario) y remitió a que juez no inhabilitado dicte nueva sentencia.
Acogida el recurso de hecho: se declara admisible la apelación rechazada por no acompañar papel para compulsas, por ser exigencia impropia en procedimiento electrónico.
La Corte rechaza el recurso de hecho del SII por improcedencia de la apelación contra rechazo de excepciones perentorias, confirmando que el artículo 133 del Código Tributario limita el sistema recursivo en procedimientos de reclamación tributaria.
Aporte de acciones en reorganización empresarial tasado por Jefe de Fiscalización en lugar de Director Regional. La Corte rechazó el recurso confirmando que no hubo vicio de nulidad en la tasación ni aplicaba la excepción de legítima razón de negocios del artículo 64 inciso 5° del Código Tributario.
La Corte de Apelaciones revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y acoge el reclamo respecto de las deducciones por goodwill tributario (Referencias 1 y 2) en AT 2013, validando su existencia y tratamiento tributario conforme a sentencias previas de esta Corte que dejaron sin efecto las liquidaciones que sirvieron de sustento al rechazo.
La Corte confirma el rechazo del incidente de abandono del procedimiento de cobro tributario, estableciendo que el Tesorero ejerce jurisdicción y son aplicables las normas de procedimiento civil, pero constata que no ha transcurrido el plazo de inactividad requerido.
Se rechaza recurso de protección contra clausura de 2 días del establecimiento por infracción tributaria (guía de despacho sin detalle). El tribunal estima que el SII actuó conforme a ley y que la vía idónea es el procedimiento tributario especial, no la acción cautelar.
Revoca parcialmente sentencia de primera instancia y ordena devolución de $8.858.035.350 por Pago Provisional de Utilidades Absorbidas 2016, corrigiendo contradicción lógica entre lo probado y lo resuelto.
Corte de Apelaciones rechazó recursos de nulidad del Ministerio Público y SII contra absolución de contribuyente por delito tributario de omisión maliciosa de declaración. Tribunal de primera instancia absolvió por falta de acreditación de dolo, considerando que los ingresos eran aparentes al no deducirse gastos y existía contexto concursal.
Revoca sentencia de primer grado que acogió parcialmente el reclamo del contribuyente contra liquidación de IGC. La Corte rechaza íntegramente el reclamo por insuficiencia probatoria para desvirtuar la presunción de legalidad del acto administrativo del SII.
Corte de Apelaciones confirma parcialmente reclamación de Ekono contra el SII: acoge capitalización de cuentas por cobrar y rechaza multa por retardo; revoca sentencia anterior y acoge también deducción de castigos por gastos en mora conforme a NIIF 9.
Corte de Apelaciones rechaza casación en la forma por falta de vicio formal y confirma sentencia de primera instancia que rechazó reclamo tributario de Geodiesel contra liquidaciones del SII.
Impuesto al lujo: se revoca condena en costas al SII por falta de reglamento que hiciera exigible el tributo a la época del giro, confirmándose lo demás de la sentencia de primera instancia.
Rechazó recurso de protección contra bloqueo de facturación del SII por incompatibilidad entre domicilio declarado y actividad comercial. El tribunal validó las actuaciones fiscales en verificación de domicilio como ajustadas a la ley.
Acoge recurso de hecho del SII contra denegación de apelación respecto de sentencia interlocutoria que declaró abandono de procedimiento sancionador, disponiendo que procede recurso de apelación en solo efecto devolutivo.
Apelación incidente sobre puntos de prueba en controversia por rechazo de gastos por remuneraciones en Formulario 22 año 2021. La Corte confirma sentencia interlocutoria eliminando un punto de prueba que se apartaba de la cuestión fáctica controvertida.
Acción por facturas falsas y crédito fiscal indebido. La Corte acogió parcialmente el recurso del SII: descartó prescripción para noviembre de 2017 pero confirmó que junio-agosto de 2017 estaban prescritos. Para noviembre de 2017, acreditó los elementos típicos de la infracción del artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario, incluyendo dolo.
Corte revoca multa del artículo 97 Nro. 2 CT por falta de tipicidad infraccional, confirmando ajustes de fondo por no acreditación de origen de fondos bajo artículo 70 LIR.
Recurso de protección contra el SII por sanción de clausura de establecimiento, desistido por la parte recurrente.
Revoca sentencia de primera instancia y acoge reclamo tributario por insuficiencia probatoria del SII al aplicar presunción de renta sin verificar hechos base ni acreditar signos externos de riqueza.
La Corte de Apelaciones revoca parcialmente la interlocutoria de prueba dictada por el Tribunal Tributario para incluir puntos omitidos sobre deducción de impuestos pagados en el extranjero y pérdida por fusión, ampliando así los temas a probar en el litigio sobre liquidaciones de impuestos a Glencore Chile SpA.
Recurso de protección presentado por contribuyente contra bloqueo en sistema SII (anotación 4113). Corte declara inadmisible la acción por no ser vía idónea, siendo competente el Tribunal Tributario conforme artículo 155 Código Tributario.
Recurso de protección deducido por contribuyente contra SII por vicios en notificación de información tributaria y deuda tributaria, declarado inadmisible por no ser la vía idónea.
Se aprobó avenimiento extrajudicial entre contribuyente y SII, omitiendo pronunciamiento sobre la apelación deducida contra sentencia de primera instancia por cuestión de falta de notificación.
Incidente de recusación de dos ministros de la Corte Suprema promovido por el SII en un recurso de casación tributario. La Corte de Apelaciones acogió la recusación porque los propios ministros declararon estar incursos en causales de inhabilidad.
Tribunal anuló sentencia de primera instancia por vicio procesal grave: el juez resolvió sobre un punto de prueba no fijado en la resolución interlocutoria, vulnerando el debido proceso y el principio de congruencia procesal en reclamación por liquidación de impuesto global complementario.
Rechaza casación en la forma y confirma sentencia de primer grado que desestimó reclamo tributario por falta de acreditación de presupuestos fácticos en materia de crédito fiscal de IVA.
Impuesto al lujo y falta de reglamento. La Corte de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia que rechazaba los argumentos del SII respecto a la aplicación del tributo sin reglamento vigente.
Apelación de TYDVIL S.A. contra sentencia de primera instancia sobre valoración de operaciones e impuesto sanción conforme artículo 21 LIR, con cuestiones de emplazamiento y prescripción de acción fiscalizadora. La Corte confirmó la sentencia apelada.
Se revoca la exigencia de fianza al SII para obtener medida cautelar, reconociendo su exención legal como servicio público descentralizado conforme al artículo 63 de la Ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechaza casación y confirma sentencia que desestimó reclamación tributaria, concluyendo que los cargos fijos en facturas corresponden a arriendo de camiones, no a servicios ficticios, sin acreditar el contribuyente lo alegado.